incompetencia deliberada

  Incompetencia deliberada e inhabilitante

José Nino Gavazzo: para la actual mayoría de los integrantes de la Suprema Corte no cometió crímenes de Lesa Humanidad.

El reciente fallo de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) que desconoce el carácter de crímen de Lesa Humanidad a una denuncia por torturas, en Tacuarembó, en 1972, que involucra al Tte. Cnel ® José Nino Gavazzo, pone de manifiesto que en dicho órgano existe una mayoría de integrantes deliberadamente incompetentes desde el punto de vista jurídico.

Dicha mayoría está conformada por su actual Presidente, Dr. Jorge Chediak, el Dr. Eduardo Turell y la Dra. Elena Martínez. En el fallo de marras el grupo ha desconocido flagrantemente la normativa internacional vigente desde la firma del Estatuto de Londres, aprobada por la Asamblea General de la ONU, órgano que nuestro país integra desde su fundación.

Luego de finalizar la Segunda Guerra Mundial, conmovida por el Holocausto del pueblo judío, la comunidad internacional aprobó un conjunto de disposiciones en el campo de los DDHH para evitar que la experiencia pudiera volver a repetirse. Dichos principios  fueron los mismos que se aplicaron para juzgar a los criminales nazis durante el Juicio de Nuremberg. Los ratificó la Asamblea General y pasaron a formar parte del ius cogens (derecho de gentes).

El ius cogens, según el Artículo 53 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, es el conjunto de normas imperativas de derecho internacional general, aceptadas y reconocidas por la comunidad internacional de estados en su conjunto. Son normas que no admiten acuerdo en contrario. Sólo pueden ser modificadas por una norma ulterior de derecho internacional general que tenga el mismo carácter. Entre esas normas ocupan un lugar central aquellas prohibiciones de realizar conductas aberrantes para cualquier orden social, conductas que afectan la humanidad como tal, más allá de fronteras y ordenamientos nacionales.

La aceptación y el reconocimiento de las normas básicas del ius cogens es un requisito básico y esencial para integrar el poder judicial. Es la prueba del nueve para los operadores del sistema. Los actuales integrantes de la corriente integrada por el Dr. Jorge Chediak, el Dr. Eduardo Turell y la Dra. Elena Martínez han demostrado, en los hechos, un desconocimiento sorprendente de dichas normas, inhabilitante para continuar ejerciendo como operadores judiciales e impartir justicia de una manera apropiada. El reciente fallo es una prueba contundente.

El público y festivo reconocimiento que su fallo ha tenido por parte del Centro Militar, organización social que nuclea y defiende a los más connotados criminales que haya conocido la historia uruguaya es una evidencia que los debería avergonzar. Con su declaración los han condenado al escarnio público.

Privilegios jubilatorios indignantes: la contracara de la impunidad

La posible pérdida de privilegios jubilatorios mal habidos tiene particularmente activos y sensibles a los oficiales retirados y preocupa, obviamente, a quienes están en actividad. Desde hace décadas, el Estado subsidia las jubilaciones y pensiones militares. En el último año el déficit fue de 500 millones de dólares. De esa cantidad, 100 millones se destinan a las jubilaciones y pensiones de los oficiales retirados, la gran mayoría, de quienes fueron parte del “proceso”. Las FFAA se rigen por una Ley Orgánica aprobada en 1974, por ellos mismos, en plena dictadura. Generó un sistema propicio y privilegiado para captar integrantes,  para lograr la adhesión y satisfacción de quienes integraban en ese momento la organización delictiva que gobernaba el país.

Con el silencio bochornoso de todo el sistema político, la Caja Militar sigue pagando las jubilaciones incluso de aquellos militares que están prófugos de la justicia. La familia militar, en todo el sistema previsional uruguayo, es la única que mantiene el beneficio de cobrar un aguinaldo, equivalente a una prestación mensual a fin de año.

Cuando gobernaban, mediante el Acta Institucional N° 9, las FFAA suspendieron el beneficio del aguinaldo, y otros,  para todas las cajas, menos para la propia. A 32 años del retorno a la democracia lo mantienen mientras las otras cajas no lo han recuperado.

Afirmar la institucionalidad democrática

La actual mayoría de la SCJ con su reciente fallo le ha dado un tono vergonzoso a la justicia uruguaya. Ha merecido la condena de los operadores nacionales y la recibirá, a la brevedad a nivel internacional. Los Dres Jorge Chediak, Eduardo Turell y la Dra. Martínez se han transformado en una nueva muralla proimpunidad. Han tomado partido por los victimarios en perjuicio de las víctimas.

Una democracia sólida, republicana, requiere tres poderes independientes, un poder judicial que asegure los derechos de los ciudadanos, que respete las normas constitucionales y los principios básicos de las normas de Derechos Humanos. La designación de los integrantes de la Suprema Corte de Justicia debe ser transparentada y el Poder Judicial debe ser totalmente democratizado.

Con esa perspectiva, con ese horizonte, el enjuiciamiento de los autores y responsables de las graves violaciones es un elemento decisivo y fundamental, incluso para llegar a la verdad con lo ocurrido con los detenidos desaparecidos. El Poder Judicial tiene que cumplir con su cometido institucional. La lucha por la institucionalidad formal, por las libertades formales, por afirmar y profundizar la institucionalidad democrática, es el único camino para avanzar hacia otros horizontes superadores del capitalismo, convocando a la más amplia participación popular y ciudadana.

Los ex presos políticos, sobrevivientes de los campos de concentración, agrupados en Crysol, hemos asumido el compromiso de bregar porque Nunca Más haya terrorismo de Estado. No nos jubilamos de la vida, seguimos siendo luchadores sociales y políticos, seguimos creyendo en la movilización, en la militancia, en la participación, incluso en la presencia callejera. Seguiremos recorriendo todos los caminos, nacionales e internacionales para lograr Verdad, Justicia y Reparación. La Resolución 60/147 de la ONU es la hoja de ruta a transitar.

Los arriba mencionados integrantes de la SCJ son una verdadera vergüenza judicial.

 

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