SCJ rechaza inconstitucionalidad de la Fiscalía

  CONSTITUCIONAL

01 de junio de 2019

Corte de Justicia rechaza considerar

inconstitucional a la Fiscalía de Lesa

Humanidad

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) rechazó por unanimidad una excepción de inconstitucionalidad que interpusieron tres militares retirados contra la creación Fiscalía Especializada en Delitos de Lesa Humanidad.

A través de una sentencia que firmaron todos los ministros de la Corte de Justicia (firmada por los ministros Eduardo Turell, Jorge Chediak, Elena Martínez, Luis Tosi y Sergio Torres) el máximo órgano judicial rechazó todos los argumentos planteados por la defensa de los tres militares.

Los militares retirados Glauco José Yannone De León, José Walter Bassani y Carlos Rossel Argimón habían presentado un recurso por la vía de excepción, a través del cual requerían eliminar la Fiscalía Especializada en Delitos de Lesa Humanidad, a cargo de Ricardo Perciballe.

Se trata de tres de los cuatro acusados por privación de libertad y tortura de la maestra Lilian Celiberti y su esposo Universindo Rodríguez.

El restante militar acusado es el coronel retirado Eduardo Ferro, quien aún continua prófugo de la Justicia.

Constitucional

En el dictamen de unánime de la Corte de Justicia se expresa que “bajo ningún concepto puede afirmarse que se está en presencia de juicios por comisión”.

Para la Suprema Corte de Justicia, al igual que lo sostiene el señor fiscal de Corte, “el precepto constitucional invocado, esto es, la prohibición de los juicios por comisión y, como corolario, el principio de juez natural, se tratan de garantías que no resultan trasladables al estatuto de los fiscales, quienes, a diferencia de los jueces, son una de las partes en el proceso penal y, consecuentemente, no están sujetos a la imparcialidad que rige la actuación de los primeros”.

“En el caso de los fiscales, como bien lo expresa el señor fiscal de Corte, su actividad se encuentra regida por los principios de legalidad y objetividad (artículos 10 de la Ley Nº 19.483 y 45 del Nuevo Código del Proceso Penal), pero no por el de imparcialidad, fundamento último del precepto constitucional invocado”, se indica en la sentencia que difundió la Fiscalía de General de la Nación.

El fiscal Perciballe lleva adelante varias investigaciones sobre violaciones a los derechos humanos ocurridos en la pasada dictadura cívico-militar (1973-1985).

 

 

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