Tener presente de 28 mujeres por la Justicia

PARA UN PRONTUARIO DEL CASO DE LAS 28 MUJERES URUGUAYAS QUE DENUNCIARON LAS VIOLENCIAS SEXUALES DURANTE LA DICTADURA URUGUAYA – 1973 – 1985  logohemi

“Están jugando a la justicia”*. La denuncia por delitos de violencia

sexual en Uruguay y el largo camino

de la justicia

Por: Jimena Alonso y Carla Larrobla*

 “El cuerpo de la mujer era usado como botín de guerra, en los cuarteles nos entregaban a la tropa para que hicieran lo que quisieran con nosotras. Y como campo de batalla, por eso lo hacían delante de compañeros o esposos”[1]

Una de las particularidades de la dictadura cívico – militar uruguaya, así como de todo el proceso “represivo” que se desarrolla antes de ella, fue la prisión masiva y prolongada por motivos políticos. En la “Investigación histórica sobre la dictadura y el terrorismo de Estado en el Uruguay”, se señala que cerca de seis mil uruguayos[2] pasaron legalmente por las cárceles así como también fue una práctica común la prisión sin garantías jurídicas procesales para los detenidos. (Rico, 2008). 

La situación de secuestro o detención siempre era acompañada por las sesiones de tortura, configurando un modus operandi naturalizado por los agentes represivos y al que los detenidos eran sometidos de forma permanente, ya que, sabido es, la tortura no sólo se manifiesta a través de los apremios físicos.  A su vez, en América Latina –y Uruguay no fue la excepción- ha sido moneda corriente la utilización de la violencia sexual, como delito específico de los vejámenes cometidos dentro del sistema carcelario (legal o clandestino).

Según Analía Aucía, podríamos definir violencia sexual como: “aquellos comportamientos y acciones de contenido o naturaleza sexual a los que se vea sometida una persona por medio de la fuerza, amenaza del uso de la fuerza, coacción, temor a la violencia, intimidación, opresión psicológica o abuso de poder. Algunas formas de violencia sexual son: 1) violación (…); 2) cualquier forma de abuso sexual en el que no exista invasión física; 3) amenaza de abuso; 4) embarazo forzado; 5) prostitución forzada; 6) aborto forzado; 7) acoso sexual; 8) amenaza de violación; 9) mutilación; 10) esclavitud sexual; 11) esterilización forzada; 12) forzamiento de exhibicionismo; 13) desnudez forzada; 14) forzamiento a la pornografía; 15) humillación y burla con connotación sexual, 16) servidumbre sexual; 17) explotación sexual”. (Aucía, 2011, p. 36-37)

Si bien podemos afirmar que dentro de los abusos cometidos por agentes del Estado en tiempos de dictadura se encuentran aquellos vinculados a la violencia sexual, ha sido un largo trayecto el que se ha recorrido para poner este tema sobre la mesa.

Al retorno de la democracia- e incluso podríamos afirmar que hasta nuestros días-, el reclamo principal de la sociedad uruguaya, familiares y organizaciones de la sociedad civil ha sido identificado con la búsqueda de los detenidos- desaparecidos, invisibilizando a otras víctimas, fundamentalmente a aquellas que lograron sobrevivir. Los delitos de tortura o violencia sexual, no fueron masivamente denunciados, como podía esperarse, por lo menos en el comienzo de la transición democrática.

En ese sentido se fue configurando una red de silencio sobre determinadas experiencias traumáticas que, al no ser recepcionadas por el espacio público se vieron relegadas a los círculos más privados e íntimos. Y a veces simplemente se vieron confinadas al cuerpo de la víctima.

Cuando en 1997 el Taller de Género y Memoria[3] de las ex presas políticas  se propuso como tema discutir la sexualidad en prisión: “fuimos todas sin respuestas, ninguna había escrito nada en su casa y ninguna decía nada…”, señala Gianella Peroni.

No pudo generarse el espacio para hablar de la violencia sexual. Según, Elena Zaffaroni la imposibilidad “se mantiene hasta hoy, de ver qué era violencia sexual. La violación era algo claro, pero por ejemplo no percibíamos el desnudo como parte de la violencia sexual.”  Isabel Trivelli, señala “ese es uno de los temas que nos planteamos (…) y la respuesta de todas fue el silencio. (…) Una cosa impactante fue, una compañera que viene y plantea que tuvo un acercamiento afectivo con Silveira[4] (…). Ella vino la verdad con una valentía impresionante, a decirnos si ustedes van a hablar de género, esto pasa. Y la tiró así (…). Nosotras no sabíamos qué hacer con eso. (…) Quedamos muertas.” Marta Valentini, en este mismo sentido afirma: “yo rechazaba tan fuertemente la idea de que alguien que había sido torturada se enamore del tipo que la tortura. Hasta el día de hoy que me cuesta mucho entenderlo. (…) Tiempo después me hice la autocrítica por mi cabeza cuadrada, porque para mí un resistente es un resistente fiel a sí mismo y yo no pude entender psicológicamente eso. (…). Porque aparte se trataba de Silveira, que era un personaje que todas conocíamos, a cuánta compañera torturó!”

Al mismo tiempo que observan que la percepción que tenían acerca de la tortura era “muy machista”, quizás porque el tema del género no estaba planteado como tal y porque las organizaciones de pertenencia tenían una lógica patriarcal que impedía observar la diferenciación de género. “No eras hombre o mujer, eras militante” sostiene Elena. Entonces había dimensiones de la tortura que no ingresaban dentro del imaginario de lo posible. “Yo es la primera vez que leo o que oigo estas cosas… de compañeras que estuvieron con nosotras… No se hablaba de esto”, afirma Ginella Peroni.

En este sentido, existe una adscripción de lo sexual al mundo privado,  no solo como si el abuso fuera terroríficamente individual sino también como si no fuera parte de un plan sistemático de degradación y deshumanización. Estamos frente un problema pues  pensar la violencia sexual en esta clave, la aleja del testimonio, la convierte en un horror privado y personal. Se establece una frontera entre lo decible y lo indecible, convirtiendo a estos padecimientos en algo no confesable al mundo exterior. Encierra a la víctima con su propio sufrimiento y por ello, la obliga a olvidar. (Larrobla, 2012, p. 81)

El silencio de la víctima también responde a la incapacidad de escucha, ya sea ésta social o familiar. No dice lo que supone que no quiere escucharse, pero tampoco recibe estímulos para poder hablar. Beatriz Benzano, una de las promotoras de la denuncia colectiva del 2011, señaló que “nunca se había hablado de eso con nadie, porque los familiares, cuando salíamos en libertad, ni preguntaban, por delicadeza, para no hacerte sufrir de nuevo. Nadie preguntaba y nosotras tampoco íbamos a hablar de lo que habíamos sufrido. Fue un silencio total.”[5]                

El largo camino de la memoria y la justicia

“Lo importante era poder poner en palabras lo que habíamos vivido y sacarlo para afuera en un ambiente de confianza y cariño (…). Después de escribir la denuncia muchas compañeras dijeron que por fin podían dormir tranquilas, que se liberaron, era algo que se cargaba, una mochila terriblemente pesada que no se había compartido con nadie”[6]

Es recién en el año 2011 que se presenta por primera vez, una denuncia penal por violaciones y abusos sexuales cometidos durante el terrorismo de Estado, realizada por un colectivo de 28 mujeres ex presas políticas[7].

Ese mismo año se discutía públicamente sobre la posibilidad de la prescripción de los delitos cometidos durante la dictadura, instalando la urgencia por la presentación de denuncias ante la eventualidad de que éstas pudieran quedar sin efecto[8].  En octubre la mayoría parlamentaria, presentó un nuevo proyecto de ley en que se declaraba la imprescriptibilidad de los delitos cometidos en dictadura por ser considerados delitos de lesa humanidad. La ley 18.831 (tratada por ambas cámaras en 48 horas y sólo con los votos del Frente Amplio), fue aprobada finalmente la noche del 27 de octubre (tres días antes del límite para la prescripción de los delitos). Allí se confirmó la cancelación de la prescripción y en su capítulo primero reestablecía “el pleno ejercicio de la pretensión punitiva del Estado para los delitos cometidos en aplicación del terrorismo de Estado.”[9] La decisión quedaba en manos del Poder Judicial, quien determinaba si se trataba o no de un delito de lesa humanidad. En caso de que se reconociera, comenzaba el camino de la justicia. Es en este contexto, que un día después de la finalización del debate parlamentario estas 28 ex presas políticas, presentaron la denuncia señalada.

La denuncia colectiva forma parte de un proceso recorrido por varias ex presas y que da cuenta de la importancia del colectivo. Varias de las denunciantes afirmaron que las reuniones entre las ex presas políticas fueron fundamentales para llegar a un acuerdo sobre la necesidad de presentar la denuncia y que incidió positivamente en los procesos individuales que transitaron cada una de ellas para lograrlo. Según relata Beatriz Benzano, se invitó a más de un centenar de mujeres a formar parte de la denuncia, de muchas de ellas se sabía que habían padecido violencia sexual, pero sólo 28 formaron parte de este grupo. En este contexto, los encuentros de las denunciante se transformaron en un espacio de catarsis colectiva donde pudieron narrar sus sufrimientos. “Algunas reuniones fueron terribles, se narraban cosas horribles que nos dejaban a todas sin palabras. Compañeras amigas con las que habíamos hablado siempre y jamás habían dicho algo.”[10]

En declaraciones a la prensa, las ex presas políticas Beatriz Benzano y Margarita Lagos explicaron que “la denuncia fue resultado de un proceso personal y colectivo, y que responde a la necesidad de contar lo que había sucedido. Era como un deber con nosotras mismas, con las compañeras muertas, teníamos que denunciar, dijo Benzano. Era una carga que no podíamos dejar para las generaciones que vienen. […] Fue muy trabajoso, era como un deber ético dejar asentado lo que había pasado, acotó Lagos.”[11]  La memoria, aparece como un compromiso con el futuro.

La denuncia, señala a cerca de 112 policías, militares, enfermeras e incluso médicos como responsables de las torturas y abusos sexuales en los diferentes centros de reclusión en los que permanecieron.[12]  Es a partir de este momento que comienza a configurarse un relato sobre el horror que incluye este tipo de violencia no sólo como parte de las prácticas de tortura perpetradas por los militares durante la dictadura, sino principalmente como un plan específico de degradación, llevado adelante fundamentalmente contra mujeres.

Margarita Lagos, otra de las denunciantes, señala en ese sentido que  “el eje central fue poder poner la justicia en manos de otros. Y que ya no somos víctimas, sino acusadoras de quienes cometieron esos crímenes de lesa humanidad. Esto nos logra posicionar de otra forma.” Beatriz Benzano, afirma en esta misma línea que “fuimos recobrando una dimensión de dignidad frente a la humillación. Recobramos esa dimensión, ya no de víctimas, sino de testigos de lo que había pasado, y denunciantes. Fue un alivio.[13]

Concretamente se denuncian  delitos calificados como de lesa humanidad cometidos en forma sistemática y planificada consistentes en delitos sexuales (violencia sexual, violación, desnudez, tocamientos, entre otros) y torturas (tales como plantones, picana, submarino, etc.), afectando su integridad física y mental y su derecho a la dignidad, principalmente, tal como surgen de los relatos que se adjuntan de cada una de las denunciantes. La conducta desarrollada por los denunciados formó parte de un plan sistemático orquestado por quienes detentaban el poder en forma ilegítima cuya finalidad era la destrucción física, moral y psicológica de las detenidas con particular énfasis en su condición de mujeres, menoscabando su integridad física y mental y su dignidad con prácticas tales como la desnudez, la introducción de objetos en la vagina y ano, tocamientos, así como insultos degradantes y amenazas por la sola condición de ser mujeres llegando en muchos casos a la consumación de la violación.[14]

 

En febrero del 2013, la Suprema Corte de Justicia declaró que la ley 18.831 era inconstitucional, porque no respetaba el principio de “no retroactividad” de la norma, en tanto Uruguay no había firmado tratados internacionales vinculados a delitos de lesa humanidad antes de la transición democrática, por lo que no se podía juzgar por un delito que no estaba tipificado como tal en el momento de los hechos. Esta discusión, se mantiene hasta hoy en cada causa judicial que se presenta, donde la voluntad de que la misma prosiga depende de la decisión de cada juez.

En este contexto y en el mismo año dos de los “imputados” Orosman Pereyra y Asencio Lucero interpusieron la excepción de prescripción, solicitando la clausura y archivo de la causa, la Jueza desestimó la solicitud, continuando con las acciones judiciales presumariales. Si bien en esta causa, la jueza actuante no dio lugar a los pedidos de prescripción presentados por los denunciados, esto provoca la paralización temporal de la causa (mientras se estudia la solicitud) y la demora en poder llegar a una sentencia. En suma, ganan tiempo.

A partir de febrero de 2014, comenzaron las citaciones a los denunciados en el medio de una discusión sobre la constitucionalidad o no de la denuncia presentada, ya que la prescripción o no  de los delitos denunciados se encontraba en cuestión.

El 26 de febrero del 2015- casi cuatro años después de iniciada la causa- es procesado el ex capitán Asencio Lucero[15] bajo la imputación de reiterados delitos de privación de libertad en concurrencia fuera de la reiteración con reiterados delitos de tortura. El 14 de setiembre de ese mismo año el ex militante tupamaro, Héctor Amodio Pérez fue procesado con prisión como presunto autor responsable de reiterados delitos de Privación de Libertad especialmente agravados en régimen de reiteración real.[16]

Un año después -el 9 de setiembre del 2016- el Tribunal de Apelaciones de 4º turno revoca el procesamiento y se decreta su libertad provisional.  El 16 de setiembre siguiente, la Fiscalía solicitó la anulación de la sentencia que revocaba el procesamiento. El 10 de agosto del 2017, la SCJ, finalmente lo absuelve, considerando que se encontraba amparado en la ley de amnistía. Según este argumento, al tener el estatuto de amnistiado, los eventuales delitos que hubiera cometido entre 1962 y 1985 están extinguidos[17].  La dificultad, sigue estando en considerar a estos delitos como de lesa humanidad –que fue por otra parte, el argumento de la fiscalía-, por lo que no quedarían incluidos ni en la ley de amnistía, ni en la prescripción.

Algunas apreciaciones finales

Hasta este momento, la denuncia que ya lleva en curso más de cinco años, se encuentra en la etapa de citación de los testigos, luego de varios traspiés ocurridos dentro del Poder Judicial.  Durante este período de tiempo, tres de las denunciantes – Mirta Macedo, Silvia Sena y Angélica Montes- han fallecido. Esto también nos habla, de lo poco preparado que está el Estado uruguayo para tramitar este tipo de denuncias, y lo complejo que es para las denunciantes lograr llevar el proceso adelante.

Según ellas mismas afirman, varios de los represores denunciados han sido citados y no se presentan a declarar. “No van y no pasa nada, es como un juego; están jugando a la justicia, van los defensores, aducen inconstitucionalidad o prescripción y no pasa nada con ellos, siguen haciendo su vida campantes”[18], sostiene Benzano.

 Los procesos judiciales son largos, en muchas casos sin preparación de los funcionarios actuantes, cruzándose en algunas oportunidades con los mismos represores. Benzano sostiene, que “hemos pedido audiencias y entrevistas con legisladores que estaban reformando el Código Penal para que se modernice material y humanamente la justicia, sin ningún éxito”[19]

Por otro lado, no es menor señalar, que los dos procesados hasta el momento por esta causa, lo fueron por los delitos de torturas, por lo que no se han tipificado los delitos de violencia sexual.

El proceso recorrido por estas ex- presas, desde el silencio hasta la presentación de la denuncia nos permite analizar cómo las sociedades no están preparadas para hacerse cargo de los horrores que han padecido, quizás porque algunas experiencias traumáticas carezcan de categorías que posibiliten pensarlas e incorporarlas en nuestros relatos y memorias del pasado. De esta forma la violencia sexual vinculada a la violencia de género se  configura como un espacio de lo imposible de ser narrado.

Este no es un drama que pueda circunscribirse al pasado y dejarlo recluido allí. Esto nos interpela día a día. Nos muestra aquello que seguimos sin poder evitar. Nos muestra aquello de lo que no nos hacemos cargo.

Como vimos, la sociedad uruguaya no estaba preparada para escuchar acerca de los delitos de violencia sexual cometidos contra hombres y mujeres en las cárceles uruguayas. Nos seguimos preguntando si ahora lo está. La denuncia quiebra el silencio femenino, pero hay voces que siguen enmudecidas.

¿Estamos preparados para escuchar? ¿Estamos dispuestos a generar los espacios de contención necesarios para habilitar la voz y soportar el dolor?

¿Somos capaces de hacernos cargo de lo que no pudimos ni podemos evitar? 

* Beatriz Benzano en: http://radiopedal.uy/news/las-mujeres-siguen-siendo-trofeos-guerra-los-conflictos-incluso-uruguay/

** Jimena Alonso es Licencia en Ciencias Históricas y Carla Larrobla es Profesora de Historia. 

Notas

[1] Beatriz Benzano, en:

http://www.montevideo.com.uy/contenido/Durante-la-dictadura-el-cuerpo-de-las-mujeres-fue-usado-como-botin-de-guerra-204692

[2] Si a esto le sumamos, la cantidad de personas que sólo estuvieron recluidas en centros clandestinos y que por lo tanto, no están registradas en los establecimientos legales de detención, ni pasaron por el juez, la cifra asciende aproximadamente 25.000 (González y Risso, 2012, p.11)

[3] A comienzos del año 1997, un grupo de ex presas políticas comenzaron a juntarse porque “sintieron la necesidad de hablar por ellas mismas, a fin de reconstruir su peripecia y aportar su visión de la historia del pasado reciente.” La primera convocatoria pública, reúne más de 300 mujeres.  En este sentido, ellas mismas señalan: “las ex presas políticas uruguayas nos auto convocamos bajo la consigna “Porque fuimos y somos parte de la historia”. Eran años de silencio y negación. En aquella reunión se formaron varios grupos para trabajar desde distintos ángulos en la memoria colectiva. Todas decidimos trabajar desde nuestra condición de ex presas políticas. Esa sola definición cuestionaba el discurso oficial. Reivindicábamos nuestro pasado y nos afirmábamos en él para disputar el espacio de la memoria.” (Trivelli. Inédito, pág. 1.)

[4] Se refiere al Coronel (r) Jorge Silveira, quien fuera denunciado por la aplicación de torturas, secuestro y desaparición de ciudadanos uruguayos. Hoy se encuentra procesado con prisión.

[5] Tomado de: http://www.carasycaretas.com.uy/la-violencia-sexual-en-dictadura/

[6] Ídem.

[7] Ellas son: Beatriz Benzano; Lucía Arzuaga; María Herminia Ferraro; María Alicia Chiesa; Angélica Montes; Silvia Sena; Gloria María Telechea; Antonia Yañez; Elena Medina; Ana Amoros; Brenda Nilena Sosa Fernandez; Carmen Canoura Sande; María Corina Iriondo Chiesa; Beatriz Weismann; Blanca Luz Menendez Mariño; Graciela Nario Lopez; Gianella Peroni; Mirta Macedo; Ivonne Klinger; Jackeline Guruchaga; Edin María Artigas Miranda; Anahít Aharonian; Rosario Del Rio; Alicia Blanco Alvarez; Margarita Lagos; Ana María Espinoza Cargarello.

[8] Según el Código Penal uruguayo, los homicidios prescriben después de 20 años. Pero es posible, en circunstancias que prevé la ley, ampliar ese tope en un tercio, y así llegar al máximo de 26 años y ocho meses. Por lo tanto, si comenzamos a contar a partir del retorno de la democracia (01.03.1985), los delitos hubieran prescrito el 01.11.2011. En cambio, los denominados delitos de lesa humanidad, que fueron incorporados a la legislación uruguaya en 2006, no prescriben. La Ley 18.831, se aprobó el 27.10.2011, y estableció que los delitos cometidos durante el terrorismo de Estado, eran considerados de lesa humanidad.

[9] Tomado de: http://www.parlamento.gub.uy/leyes/AccesoTextoLey.asp?Ley=18831&Anchor=

[10] Tomado de: http://www.carasycaretas.com.uy/la-violencia-sexual-en-dictadura/

[11] Ídem.

[12] Jorge Silveira, José Nino Gavazzo, Gilberto Vázquez, Cap. Chiosi, Comandante “La Momia”, soldados enfermeros Sunna y Techera, soldados mujeres Rivero, Izmendi, Selva De Mello, Lestón; Coronel Barrabino, Abi Vique, Teniente Echeverría, Cap. Parisi, médicos Rosa Marsicano, Marabotto, Cap. Gustavo Criado, Sargento Díaz, Dr. Abu Arab, Cap. Herrera, soldado “Mosquito” Modernel , Uruguay Ortega, Cabo Luciano González, Dr. Simeone, Jefe del Batallón Laborde, Cabo Armando Paz, Alférez Abella, Mayor Bonilla, Ohannessian, ,Comandante Chialanza, Sargento Pérez, Miguel Dalmao, Teniente 1o. Araujo, Teniente Cuello, Cap. Segnini, Cap. Antonio Tucci, Teniente 1o. Mario Menjou, Alférez Altes, Alférez Castiglioni, Sub Oficial Mayor Bobadilla,, Teniente Casco, Cresci, Achavarría, Victorino Vázquez, Jorge Grau Olaizola (alías Gonzalo), Wellington Asarle (alías Simón, Sargento Silva, Dr. Serkisian, enfermero Techera, Sargento González (mujer), Cap. Martínez, Alférez Abella, Dr. Rivero, Sargento Silva, Jefe de la Unidad Taramasco, Ariel, Cap. Aguirre, Alférez o Teniente Silva de Caballería, ambos de la OCOA, Sargento Gómez y Cap. Aquines, Cap. Felipe Gómez, Teniente Viera, Teniente Braida, Sargento “El Gato”, Teniente Coronel Rodríguez, Mayor Lucero, Teniente Coronel Albornoz, Coronel Orozco, Mayor Kuster, Teniente Coronel Brasca, Teniente Coronel Alemán, Mayor Maurente, Teniente de Coraceros Centurión, Teniente de Coraceros Gau, Teniente de Artillería Bonaboglia, Teniente Ramón Barboza, Capitán Fernañdez, Comisario Lucas, Comandante González, Coronel Camps, Cap. Omar Lacaza, Dr. Herneder, Dr. Revetria, Pomoli, Gresi, Tuceli, Fons, Ariel Ubillos, Cap. Manuel Cordero, Comandante Washington Varela, Teniente Ramón Barboza, Cap. Fernández, Comandante o Sargento Lucas, Comandante González, Sargento Pedro Faliú, Durán, Sargento Mello, Rodríguez, Maurín, Wolf, Caballero, Juana González, Carlota Vázquez, Pyñeiro, Benítez, Leites, Sánchez, Suárez, Lito Vsky, Teniente Silva, Armando Méndez, Aguirre, y a todos los oficiales y suboficiales que entre el período 1972 y 1985 se encontraban en los siguientes establecimientos: Penal de Punta de Rieles, 300 Carlos, Regimiento de Caballería No. 9, Cuartel Km. 14 Cno. Maldonado, Establecimiento La Tablada, Casa de Punta Gorda, Cárcel de Pueblo (Parque Rodó), Regimiento de Caballería No. 4, Hospital Militar, Artillería No. 1 (Cuartel La Paloma), Batallón de Ingenieros No. 1, Batallón de Infantería No. 5 de Mercedes, Batallón 5o. de Artillería, Cuartel de Infantería No. 7 de Salto, Cuartel No. 13, Cuartel No. 6 de Caballería,

[13] Tomado de: http://www.carasycaretas.com.uy/la-violencia-sexual-en-dictadura/

[14] http://www.observatorioluzibarburu.org/media/uploads/2-1102552011.pdf

[15] Capitán en el Regimiento de Caballería N° 9 entre los años 1972 a 1980 o 1981, así como S 2 (Servicio de Inteligencia) en equipos de interrogadores.

[16] http://www.observatorioluzibarburu.org/causas/134

[17] Ver Ley 15.737.

[18] http://radiopedal.uy/news/las-mujeres-siguen-siendo-trofeos-guerra-los-conflictos-incluso-uruguay/

[19] Ídem.

 Bibliografía

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LARROBLA, Carla (2012). “El horror femenino. Las representaciones de los episodios traumáticos en testimonios de mujeres víctimas del terrorismo de Estado”.  En: RISSO, Mariana y GONZALEZ, Soledad (comp.), “Las Laurencias. Violencia sexual y de género en el terrorismo de Estado uruguayo”, Montevideo, Ed. Trilce.

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POLLAK, Michael (2006). Memoria, olvido, silencio. La producción social de identidades frente a situaciones límites. Buenos Aires: Ed. Al Margen.

RICO, Álvaro (Coord.) (2008) Investigación histórica sobre la dictadura y el terrorismo de Estado en el Uruguay (1973- 1985)”, Montevideo, CSIC, Tomo II.

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TRIVELLI, Isabel. A 10 años de Memoria para Armar. Inédito. Enviado a las autoras.

Entrevistas:

Entrevista colectiva a Gianella Peroni, Elena Zaffaroni, Isabel Trivelli y Martha Valentini. Realizada por Carla Larrobla y Jimena Alonso el 26.10.2011.

Webgrafía

Montevideo.com:

  • “El horror, el horror”. 27/06/2013. Visto en: /http://www.montevideo.com.uy/contenido/Durante-la-dictadura-el-cuerpo-de-las-mujeres-fue-usado-como-botin-de-guerra-204692

Brecha:

  • “Escrito en el cuerpo. Tortura y violencia sexual en dictadura: la otra gran batalla política”. 4/11/11. Visto en: http://crysol.blogspot.com/2011/11/escrito-en-el-cuerpo-tortura-y.html

La Diaria:

  • “Que se mueve”. 31/10/2011. Visto en: http://ladiaria.com.uy/articulo/2011/10/que-se-mueve/?m=comunidad

La República:

  • “Violencia sexual en el terrorismo de Estado” 09/12/12. Visto en: http://diariolarepublica.net/violencia-sexual-en-el-terrorismo-de-estado/
  • “Castigos de género en dictadura”  23/11/2014. Visto en: http://diariolarepublica.net/castigos-de-genero-en-dictadura/489996/

Caras y Caretas:

 “La violencia sexual en dictadura” 27/10/2014. Visto en:    http://www.carasycaretas.com.uy/la-violencia-sexual-en-dictadura/

Sala de redacción:

  • “Violaciones y abuso sexual sistemático en dictadura” 30/10/2011 Visto en: http://sdr.liccom.edu.uy/2011/10/30/violaciones-y-abuso-sexual-sistematico-en-la-dictadura/
  • “No tenes espacio, techo, ni paredes” 30/10/2011. Visto en: http://sdr.liccom.edu.uy/2011/10/30/%E2%80%9Cno-tenes-espacio-techo-ni-paredes%E2%80%A6%E2%80%9D/

Radio Pedal:

  • http://radiopedal.uy/news/las-mujeres-siguen-siendo-trofeos-guerra-los-conflictos-incluso-uruguay/

Sitios

  • Secretaría de Derechos Humanos para el Pasado Reciente: sdh.gub.uy
  • Parlamento nacional: parlamento.gub.uy
  • Observatorio Luz Ibarburu: observatorioluzibarburu.org

 

 

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