Con el ex- Presidente del Tribunal Militar

  “Tengo derecho a no cumplir una

orden inconstitucional”

Con el general (r) Julio Halty, expresidente del Supremo Tribunal Militar.

Mauricio Pérez

19 junio, 2020

—¿Qué significa la obediencia para los militares?

—Voy a hablar del Ejército, porque soy del Ejército. En el Ejército existe un reglamento de disciplina. Y una frase de ese reglamento habla –no lo repito literal– sobre el derecho de mandar y el deber de obedecer. Estas palabritas nos dan las características de lo que es la disciplina interna dentro del Ejército. En una organización como el Ejército, que es piramidal, que no es democrática –vamos a entender bien las cosas–, el superior es el que manda y esa orden baja por esa pirámide. El superior tiene el derecho reglamentario de mandar y el subalterno tiene el deber de obedecer. Ahí hay que empezar a hilar un poco más fino. ¿De dónde surge el término de “obediencia debida”? De ahí, del deber de obedecer.

Quien entra en la carrera militar, sobre todo en nuestro país, acepta voluntariamente someterse a una disciplina que evidentemente está por fuera o, mejor dicho, separada del ámbito civil. Por lo tanto, esa obediencia tiene un valor muy grande dentro del Ejército. Porque tenemos que prever las circunstancias más difíciles. Al Ejército se lo prepara para enfrentarse a situaciones límites; en esas situaciones el superior no puede dudar y el subalterno tampoco: se da una orden y se cumple.

—Si se quebrara esa cadena de mando, ¿el Ejército podría subsistir?

—En el caso de las insubordinaciones o de que no se cumplan órdenes, la situación cambia y puede causar graves problemas. Pero hay un detalle que es importante: el hecho de aceptar este tipo de disciplina voluntariamente no quiere decir que se pierda la escala de valores que cada uno tiene. Si me dan una orden que yo considero que es inconstitucional, que va en contra de principios morales o con la que no estoy de acuerdo porque viola derechos humanos, estoy en todo el derecho de no cumplirla. O sea, puedo negarme a cumplir esa orden. Que eso trae consecuencias dentro de la disciplina militar, claro que sí, pero cada quien tiene su escala de valores, su conciencia, y eso no varía o no tendría que variar.

—¿La obediencia en ese caso no es absoluta?

—Claro. A mí nunca me dieron una orden que violara la Constitución, que violara los derechos humanos o que estuviera en desacuerdo con mi escala de valores. Ese es un detalle que no es menor. Uno podría preguntarse quién puede tener esa escala de valores. La puede tener alguien que tenga una formación y una educación determinadas, pero hay personas que, por distintas razones, no tienen elementos como para tener una escala de valores firme. Entonces se dan órdenes y se cumplen sólo porque es lo que marca el reglamento: el deber de obedecer. Y si no se obedece, se obtiene un castigo.

—La obediencia debida se ha utilizado en varios juicios por crímenes de lesa humanidad como un argumento para exculpar la responsabilidad de los subalternos. ¿Puede utilizarse de ese modo?

—Se usa en Uruguay y se ha utilizado en Argentina y en todos los países que en su momento vivimos una dictadura. No eran dictaduras solitarias, sino que estaban coordinadas en la región. La obediencia debida se usó para exculpar a quienes habían cometido un delito acatando una orden. Y eso no es tan así.

—¿Por qué?

—En el caso concreto que aconteció en estos días [el procesamiento de un militar por el homicidio de Nelson Berreta], un oficial dio la orden de disparar al preso político que se escapaba y el soldado acató la orden, disparó y, lamentablemente, lo mató. Pero no es tan sencillo. El oficial que dio la orden falleció. Ese oficial, de estar vivo, también tendría que haber sido procesado, por ser el autor intelectual de la muerte de ese prisionero, porque él dio la orden de que le dispararan. Fue procesado sólo el autor material de ese fallecimiento. Es un tema polémico; sé que lo es. Otro militar me podría decir que no tengo razón. Acepto todos los puntos de vista, pero uno debe tener la capacidad de discernir cuando una orden pasa los límites.

—¿Los funcionarios del Ejército están preparados para tomar esa decisión o ese verticalismo puede cohibir las decisiones?

—Hay cosas que deben quedar en claro. Hay un estamento del Ejército que puede estar preparado. Me refiero fundamentalmente a los oficiales, que tienen un nivel intelectual que les permite armar su propia escala de valores. En general, el personal subalterno, el personal de tropa, empieza a conocer determinados factores dentro del Ejército. Es muy difícil para ellos tomar una decisión de estas características. Es una decisión comprometida, porque están formados en la rigurosidad de la disciplina militar. La mayoría no están capacitados para tomar esas decisiones.

—¿Qué valoración hace acerca de que oficiales del Ejército hayan utilizado este argumento para exculpar su responsabilidad en crímenes de la dictadura?

—Esta es una opinión muy personal: un oficial que utilice como excusa la obediencia debida para liberarse de su responsabilidad… no quiero calificarlo. Si como oficial me dan una orden como esta, no la puedo cumplir, me tengo que negar. Es grave que un oficial se escude en la obediencia debida para este tipo de cosas. No estoy renunciando a la obediencia, al deber de obedecer; eso no. Pero estoy en contra de que se den órdenes que estén en contra de la Constitución, la ley y los derechos humanos. Y puedo no cumplir con esas órdenes.

—El ministro de Defensa, Javier García, argumentó que este fallo podía poner en riesgo, por ejemplo, las operaciones de patrullaje que se están realizando en la zona de frontera. ¿Es así?

—Yo diría, con todo el respeto que me merece el ministro de Defensa, que en este momento está muy claro que las órdenes no deben ir ni contra la Constitución, ni contra la ley, ni contra los derechos humanos. Eso está escrito y aceptado en la nueva ley orgánica militar. Esa ley la modificarán o no, pero hoy está vigente. Hoy, si un capitán le dice a un teniente que dispare a matar contra una persona, el teniente le puede decir que esa orden no se puede cumplir, que es una orden inconstitucional, que está fuera de la ley y que afecta un derecho humano fundamental como es la vida. Hoy es diferente; antes eso no estaba explicitado. Hay que tender un puente a aquel soldado que disparó, porque ese hombre no tenía los elementos para juzgar si esa orden era válida o no. Ahí sí, hay que tener mucho cuidado en atacar determinadas situaciones. Pero el problema son las consecuencias, porque el soldado cumplió una orden, pero mató a una persona. ¿Qué es lo más grave?

 

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