Reportaje exclusivo para DE de la ex Fiscal Dra. Mirtha Guianze

EXCLUSIVO EXCLUSIVO EXCLUSIVO –  Afines del 2013 la Dra. Mirtha Guianze nos hizo llegar sus respuestas a una serie de preguntas sobre la actualidad de la lucha contra la Impunidad y sobre el “Plan Cóndor”

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La Dra. Mirtha Guianze, ex Fiscal Penal y actual directora en la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo, desde Montevideo, responde a unas preguntas que le hemos solicitado. Las respuestas configuran para muchos de nosotros un constatar de que forma han actuado los integrantes de la Justicia y la posición actual, de “muralla”, que desarrolla la actual Suprema Corte de Justicia del Uruguay.

Donde Están?.-Se vienen de realizar en tres lugares diferentes, Buenos Aires, Brasilia y Paris, reuniones y coloquios que están centrados en el tema de los Derechos Humanos, y con referencias a las actividades del llamado “Plan Cóndor” (pre-preparación del Foro Mundial de Derechos Humanos en Buenos Aires, el propio Foro Mundial de Derechos Humanos en Brasilia, y en Paris el coloquio con el tema central de las Acciones del “Plan Cóndor”) como instrumento de represión de Derechos Humanos en diversos países de la América Latina, Paraguay, Argentina, Uruguay, Chile, Bolivia, etc. En la pre-preparación del Foro Mundial, la fiscal uruguaya Ana María Tellechea, dijo en su ponencia: “Lamentablemente, el Plan Cóndor nos ha tocado a todos”, se lamentó de que en su país aún no se ha podido “llevar a ninguno de los hombres a prisión” por delitos directamente vinculados con dicho operativo. Tellechea aseguró que “en un país donde la justicia no es justicia no solo no se es feliz, sino que no es posible el progreso intelectual de su gente”. Mirtha Guianze cuál es su punto de vista ante el no poder encausar a los militares uruguayos que ejercieron acciones del “Plan Cóndor”, pero que no figuran en su diferentes procesos hasta ahora efectuados?
 
Mirtha Guianze.-En primer lugar, quiero puntualizar que me une una relación profesional y de amistad con la Dra. Ana María Tellechea, desde hace muchos años. Respeto, por consecuencia, sus dichos expresados en la ponencia que desarrolló en Buenos Aires, pero lamento discrepar sustancialmente con parte de ellos. Es cierto que, en la actualidad, no progresan los juicios que se pretende entablar contra militares involucrados en el Plan Cóndor, debido a las posiciones que sostiene el sistema de justicia y en especial la Suprema Corte.


Pero ya en el año 2006 se empezó –en nuestro país – a procesar y luego a condenar a militares y policías sobre la base de su involucramiento en el denominado Plan Cóndor. En esas primeras investigaciones no se contaba con la documentación disponible hoy día, ni se habían institucionalizado los canales de cooperación con otros países, vigentes ahora con Argentina, por ejemplo.
Eso no impidió que se procurara prueba por todos los canales posibles y, en ese sentido, resalto la colaboración de magistrados y abogados de la República Argentina, con los cuales entablamos vínculos no oficiales, pero que nos proporcionaron valiosa información e intervinieron en el diligenciamiento de exhortos, a vía de ejemplo. También nosotros pudimos facilitarles datos útiles para sus procesos.

Fue una relación valiosa, de ida y vuelta. Otra fuente importante fueron las investigaciones periodísticas, que se habían desarrollado y publicado, durante la década de los 90, en especial, las que nos aportaron testimonios y copias de documentos, u orientación para obtenerlos. Así accedimos a los primeros documentos desclasificados del Departamento de Estado de los Estados Unidos, que contienen trascendente información. Uruguay no había pedido aún la desclasificación de documentos concernientes a nuestro país de la época dictatorial. Lo ha hecho recientemente, pero no hay resultados todavía. Utilizamos el proyecto Chile y los desclasificados de Argentina.
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 Hubo un hallazgo, en 2005, hecho por la entonces Ministra de Defensa Nacional Azucena Berrutti, en base a datos confidenciales, de documentos microfilmados, ubicados en el local del CGIOR. Esos documentos fueron digitalizados, hoy están en el Archivo General de la Nación y en ellos consta la existencia de la Operación Cóndor, ya que se encontraron comunicaciones entre las distintas bases operativas, cada país estaba numerado a esos efectos y los militares al mando suscribían como “Jefe de CONDOROP”.
 
En cuatro de los expedientes en los que intervine como fiscal, el punto de partida de la imputación fue la participación de los involucrados en ese plan represivo. En todos los casos el Plan Cóndor fue expresamente mencionado y constituyó el marco de las acusaciones y de las sentencias, en todas sus instancias.

Menciono así el expediente donde se enjuició a los militares José Nino Gavazzo, Jorge Silveira, Ernesto Ramas, Gilberto Vázquez, José Arab, Luis Maurente, y Ernesto Soca y a los policías Jorge Sande, Ricardo Medina. Todos ellos fueron condenados en tres instancias y están presos desde 2006. Intervinieron en la coordinación represiva con Argentina, particularmente en la base clandestina llamada Automotores Orletti, (año 1976) y en los traslados clandestinos de prisioneros de un país a otro, la mayoría de los cuales están desaparecidos.

En esa base estuvo secuestrada María Claudia García Iruretagoyena de Gelman y de allí fue traída a Uruguay (donde nació su hija Macarena) y permanece desaparecida. La mayoría de los militares mencionados en primer término, fueron reprocesados en otra causa, en la que específicamente se ventila el caso Gelman. Una niña, hija de uruguayos (Mariana Zaffaroni), cuyos padres están desaparecidos, fue apropiada por un represor argentino y recuperó su identidad gracias al trabajo de investigación de Abuelas de Plaza de Mayo.

Huyó del país el militar Manuel Cordero, que fue localizado en Brasil. Argentina y Uruguay pidieron su extradición, que fue concedida al primer país que la solicitó y hoy está siendo juzgado en la causa Cóndor en Argentina. Es el único uruguayo que se encuentra en esa situación, los demás están presos en nuestro país.
 
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Lo mismo puede decirse de la causa seguida al ex dictador Gregorio Álvarez y al marino Ricardo Larcebeau, por actuaciones cumplidas en Argentina, mientras Álvarez era Comandante en Jefe del Ejército, por efectivos de los Fusileros Navales. Hubo secuestros masivos de uruguayos entre fines de 1977 y principios de 1978, los que fueron retenidos en los llamados “Pozos” de Quilmes y Banfield, en coordinación represiva de argentinos y uruguayos. Se trataba de militantes de los Grupos de Acción Unificada (GAU), Partido Comunista Revolucionario, de tendencia maoísta (PCR), Agrupaciones Militantes Socialistas (AMS), grupos escindidos del MLN Tupamaros, todos los cuales se nucleaban en el exterior en la UAL (Unión Artiguista de Liberación).
 
En ese expediente hay múltiples documentos que prueban la coordinación represiva, no sólo a partir de Buenos Aires, sino en todo el litoral argentino y regiones del norte de Uruguay. Quedó probado que oficiales uruguayos eran los que interrogaban en los centros clandestinos antes mencionados. Tres mujeres uruguayas dieron a luz en el Pozo de Banfield, sus hijos fueron dados en adopción ilegal a militares argentinos, pero se logró investigar esos hechos y los tres recuperaron su identidad.

Solamente quedó prófugo un marino que adquirió la ciudanía italiana, Jorge Troccoli, quien se encuentra en Italia, país que negó la extradición en base a un tratado de 1879, que prohíbe extraditar nacionales. Uruguay designó abogado que está procurando su juzgamiento en Roma. El fiscal que lleva esa causa es Giancarlo Capaldo. Tanto Álvarez como Larcebeau están presos desde diciembre de 2007 y condenados en tres instancias.

En el expediente en que se procesó y condenó a Juan María Bordaberry y Juan Carlos Blanco por el asesinato de los legisladores Zelmar Michelini y Héctor Gutiérrez Ruiz, en Buenos Aires, también se puso de manifiesto la coordinación represiva y el Plan Cóndor fue un argumento decisivo, teniendo en cuenta, además, otros asesinatos de dignatarios en circunstancias similares, que se enmarcaban en un contexto regional. Bordaberry falleción, con condena de primera instancia y Blanco permanece preso desde 2007, con condena firme.

Finalmente, el caso de dos ciudadanos uruguayos, Inzaurralde y Santana, secuestrados en Asunción del Paraguay en 1977, fue un caso paradigmático de coordinación en el marco del Cóndor. El militar que resultó procesado fue Juan Carlos Calcagno, quien fue a Paraguay a interrogar a los detenidos, luego estos fueron transportados en un avión argentino (el avión de Massera, comandante de la Armada argentina), Inzaurralde fue visto en un centro clandestino de Buenos Aires (El Atlético), era interrogado por uruguayos y ambos desaparecieron, presumiéndose que fueron trasladados a Uruguay. Calcagno murió en prisión, este año 2013.
 
DE.-“El Plan Cóndor” que nació de la acción del Ministro de Estado, Henri Kissinger, y del propio Presidente de los EEUU Richard Nixon, se basa, casi como similar, de la “Operación Noche y Niebla”, utilizada por las fuerzas armadas nazis, para hacer “desaparecer”, todo individuo sospechoso de atentar al Estado a partir de 1941 en medio de la Segunda Guerra Mundial, dichas “desapariciones” se efectuaron por miles y decenas de miles de víctimas, por lo cual en el Tribunal de Núremberg de 1946, se calificaron estas acciones, como “Crímenes contra la Humanidad”. El Uruguay como casi todos los países de las Naciones Unidas ratificaron esta denominación, la pregunta es por consiguiente, porqué los gobiernos sucesivos en el Uruguay no lo han aplicado, en los crímenes efectuados durante la dictadura?
 
MG.-La denominación “Plan Cóndor” es aplicada en sentencias y resoluciones judiciales, también por investigadores e historiadores. En la antes llamada “Secretaría de Seguimiento de la Comisión para la Paz”, hoy “Secretaría de derechos humanos para el pasado reciente” que funciona en la órbita de la Presidencia de la República, también es corriente el uso de ese término y está asumida su existencia.

Incluso los documentos que refieren a “CONDOROP” y están firmados por militares uruguayos y de otros países, tienen esa procedencia. También la Cancillería tiene documentación valiosa (omití antes esa referencia) y la ha proporcionado.

Allí es clara la existencia del Plan Cóndor y sus consecuencias.
Sin embargo, el gobierno uruguayo no tiene una política pública proactiva en torno a las graves violaciones a los derechos humanos ocurridas en dictadura y no se suele hacer declaraciones al respecto. Salvo en lo que refiere al caso Gelman, en que debió hacer reconocimiento público de responsabilidad, esos temas no están en la agenda, salvo esfuerzos de organizaciones sociales y personas que insisten en la investigación de los hechos del pasado.

Debe reconocerse, no obstante, que la Secretaría antes mencionada ha incrementado sus recursos humanos y materiales y existen hoy mayores posibilidades de obtener documentos.
La categoría de crímenes de lesa humanidad atribuida a las graves violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura, fue reconocida expresamente por la ley N° 18.831, aprobada en el Parlamento con los votos del Frente Amplio, únicamente. Esa ley se dictó para evitar que algunos magistrados llamados a decidir no aplicaran debidamente las normas del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. En ese sentido, el Poder Ejecutivo y el Legislativo cumplieron con sus obligaciones y dieron los medios legales para proseguir los juicios.

El Poder Judicial no estuvo a la altura de las circunstancias y declaró inconstitucionales los artículos medulares, sosteniendo, indebidamente, que solamente existe la categoría de crímenes de lesa humanidad en Uruguay, a partir de 2006, cuando se promulgó una ley que los reconoce. Es una sentencia que no se sostiene, ni jurídica ni éticamente, y merece el rechazo de la comunidad, nacional e internacional.
 
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DE.-Durante los procesos a miembros de la dictadura uruguaya, y que fueron procesados, se probó que tanto ciudadanos uruguayos, residiendo en otros países, como así ciudadanos extranjeros viviendo en Uruguay, fueron objetos, de raptos, asesinatos, y “desapariciones” a los cuales se les denominó con eufemismo como “desaparición forzada”. Es que esta calificación, no entra en el de crímenes contra la Humanidad y por lo tanto imprescriptibles?
 
MG.-Si, por supuesto que encuadra en la categoría de crímenes de lesa humanidad, ya se consideren desaparición forzada u homicidio muy especialmente agravado, que fue la figura delictiva que finalmente se recogió por los tribunales.

Personalmente, insistí mucho con la calificación de desaparición forzada, que es la técnicamente correcta, mientras no se determine fehacientemente el destino de la persona secuestrada. Como delito permanente, no prescribe.

La jurisprudencia uruguaya, casi unánimemente, se negó a utilizar esta figura, aduciendo que era inexistente a la fecha del secuestro. En realidad, se trataba de evitarla para que, llegado el momento en que los homicidios estuvieran prescriptos de acuerdo a las normas del Código penal patrio, no hubiera una forma de eludir la extinción del delito.
Pero, ya en 2009, en recurso de casación, pretendí que la Suprema Corte de Justicia se pronunciara acerca de, si a pesar de haber condenado por homicidios, esos delitos revestían la calidad de crímenes de lesa humanidad. La Corte eludió pronunciarse entonces, no hizo lugar a mi recurso y dijo que no correspondía expedirse sobre ese punto porque no había sido debatido en el juicio (lo cual no era cierto).

Pero ahora, al declarar la inconstitucionalidad de los artículos 2° y 3° de la ley 18.831, expresamente afirmó que no podían considerarse crímenes de lesa humanidad los delitos cometidos antes del dictado de la ley N° 18.026, en el año 2006. Lo cual es insostenible, pero es el máximo órgano jurisdiccional uruguayo y no hay recurso interno contra sus pronunciamientos.
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DE.-En los procesos que se han llevado a militares, civiles, y miembros de la policía, bajo la denuncia de violaciones, torturas, fueron enfrentados a sus victimas?, es que se realizaron careos entre los denunciantes y los denunciados?
 
MG.-En los procesos en que yo intervine, solamente en un caso se efectuó careo de víctimas con militares, porque ellas pidieron hacerlo y fue provechoso. Se trata de evitar la revictimización, al confrontar a las víctimas con sus verdugos.
Desconozco si se han producido situaciones de ese tipo en otros procesos. Lo que si es destacable, negativamente, es la carencia de asistencia psicológica, u otro tipo de apoyo a víctimas y testigos, para lo cual existe un proyecto, que no ha sido concretado. La Institución Nacional de Derechos Humanos, que integro, formuló una recomendación al respecto.
 
DE.-Mismo si han sido procesados y condenados a penas de hasta 30 años de prisión, es que cualquiera de éstos condenados han aceptado o reconocido su culpabilidad?
 
MG.-No han aceptado expresamente haber participado en actos delictivos. Si reconocen haber viajado a la República Argentina, o Paraguay, para efectuar operaciones de inteligencia, intercambio de informaciones y cosas de ese tipo. Además, resulta probado, en muchos casos, por sus propios legajos funcionales. Se los felicitaba por sus actuaciones antisubversivas, con constancia de haber efectuado viajes, o relacionado con militares de otros países, que también los felicitan. Las condenas se basaron en testimonios y documentos. Por otra parte, los militares condenados reivindican su accionar como “salvadores de la patria” y basta leer el blog envozalta.net donde ellos escriben.
 
DE.-En estos días se anuncia el procesamiento de una centena de militares con referencia al caso del asesinato y supuesta “desaparición” del periodista y maestro Julio Castro, cual es su opinión de ésta nueva puesta de inculpados ante un crimen que ya nadie puede negar?.
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MG.-Hay que discriminar dos situaciones, porque hay dos expedientes separados. Cuando intervenía en el caso del maestro Julio Castro, se procesó a un policía adscripto al SID, (José Zabala) que fue quien lo secuestró y condujo a la casona de la calle Millán,. Ese es un expediente, el inicial. Pero solicité también, entonces, la formación de una pieza por separado para investigar lo sucedido en el predio del Batallón 14 donde fueron encontrados sus restos. Zabala fue procesado por coautoría de homicidio muy especialmente agravado. Después la Suprema Corte de Justicia declaró la inconstitucionalidad de la ley 18.831 y pidieron su libertad. El juez no accedió, porque al pedir procesamiento se habían usado argumentos de derecho internacional. Eso está pendiente de resolución. Depende de lo que opinen los tribunales de alzada. También está pendiente de resolución la solicitud de procesamiento de Gavazzo, que era el Jefe del SID (Servicio de Información de Defensa) en ese momento, y por tanto, el superior de Zabala y quien daba las órdenes
Esta nueva investigación, que había dejado pedida antes de retirarme de ese cargo, trata de determinar como se produjo el enterramiento, si fue ejecutado en la casona de Millan o en ese monte, etc. Hay muchos elementos de juicio para sostener que se necesitaron vehículos y personal para llegar a ese sitio y que los jefes de ese cuartel estuvieron involucrados. Yo había pedido la declaración de todos los militares que revistaron allí en esa época. Lo que se va a hacer es recibirles declaración. Difícil es saber si no van a interponer recursos para evitar eventuales procesamiento. Recién se está en una etapa inicial.
 
DE.-En cuanto a la denuncia de las 28 mujeres que se han presentado en juzgados, y denunciando violaciones, y violencias sexuales por parte de militares, soldados y oficiales, cree Ud. que podrán llegar a inculpaciones ver mismo procesos y condenas?
 
MG.-Con la actual posición de la Suprema Corte de Justicia, puede llegarse a un punto donde el expediente se detenga, (la famosa “muralla” de la que hablaba Ruibal Pino), si se interponen recursos que, al final, llegan a la Suprema Corte.

Pero, además, me llama la atención la morosidad en la tramitación del expediente, hace mucho tiempo que se inició y no hay resultados concretos, no se ha pedido procesamiento alguno. Nos manejamos en el terreno de las hipótesis, pero a mi entender, es claro que hay al menos un retardo en la administración de justicia efectiva.

 
DE.-En mayo de éste año, Ud. fue integrante de la delegación uruguaya que concurrió al Coloquio organizado por la Asociación Donde Estan? –
El magistrado francés Philippe Texier, en sus conclusiones y recomendaciones, enumeraba referente a la Suprema Corte de Justicia del Uruguay las siguientes recomendaciones:

– Que reconsidere su decisión de fecha 22 de febrero 2013 y reconozca que los crímenes cometidos por el gobierno cívico-militar entre 1973 y 1985 son crímenes de lesa humanidad, y por ende imprescriptibles conformes al derecho internacional.
– Que vele por la aplicación de las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y, en particular, de la sentencia de febrero de 2011 en el asunto Gelman vs. Uruguay.
– Que permita y facilite, en consecuencia, la instrucción de este caso para determinar las responsabilidades y garantizar que la ley de caducidad (15.848), no obstaculice nunca más la manifestación de la verdad.
– Que restablezca a la Señora Mariana Mota en sus funciones de jueza de lo penal y no se interponga al curso de la justicia.
Resumidamente que nos puede decir de al menos estas recomendaciones?.-
 
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MG.-En verdad, todas esas recomendaciones son ampliamente compartibles. Es más, sería necesario que Uruguay, para mantener su prestigio internacional, diera cumplimiento a sus obligaciones internacionales y tomara decididamente el camino de la justicia.

Es doloroso para todos nosotros tolerar esta situación, que nos coloca al margen de la doctrina y la jurisprudencia internacionales, que incluso nos descoloca en la región, donde los procesos por graves violaciones a los derechos humanos son posibles.

El caso de la Dra. Mariana Mota es paradigmático, es notorio que el efecto disuasivo de su traslado dio resultados, no se ha procesado a nadie más por este tipo de crímenes, desde hace muchos meses los juicios están paralizados o avanzan muy lentamente.

Cuando estaba en funciones, recuerdo que varios testigos –víctimas, me manifestaron su alegría por poder declarar ante la justicia de su país, y aquí encontrar lo que buscaron durante años. Ese proceso se detuvo, lamentablemente. Por ahora, sólo nos quedarían instancias internacionales.
Pero habrá que buscar salidas. Siempre las hay, de algún modo.

 

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