Argentina: la deuda del año

  LA CORTE Y EL DOS X UNO

LA DEUDA DEL AÑO

A pesar de que había anunciado que revisaría el controvertido fallo que beneficiaba con el 2X1 a los represores –que concitó el rechazo general– terminó 2017 y la Corte Suprema aún no lo hizo. Las posiciones de cada uno de los cortesanos

 

La Corte evitó volver a pronunciarse sobre el beneficio del 2×1 para los represores

Un error supremo para corregir en 2018

El tribunal había anunciado hace meses que revisaría el fallo con el que le había concedido el beneficio del cómputo del 2×1 al represor Luis Muiña. El martes 19 de diciembre el asunto estaba incluido en el acuerdo, pero los ministros no lo trataron.

Por Irina Hauser

 

La Corte Suprema dio por terminado el año sin resolver un tema central, de esos que marcan caminos dentro del sistema jurídico. El tribunal había anunciado, incluso a través de su centro de Información de Judicial (CIJ), que se disponía a revisar el fallo con el que le había concedido el beneficio del cómputo del 2 x 1 al represor Luis Muiña ante planteos de otros genocidas. Aquella sentencia recibió un repudio social gigantesco, porque abría la puerta al reclamo de decenas de condenados por crímenes de la última dictadura cívico-militar. El rechazo se corporizó en las calles, con una masiva movilización heterogénea, y derivó en un correlato en el Congreso, que votó que no será aplicable a los delitos de lesa humanidad la vieja ley que permitía computar doble, desde el segundo año de detención, los días que una persona pasó presa sin sentencia firme. Los supremos difundieron allá lejos en el mes de mayo, que a la luz de la reforma legislativa dictarían una nueva sentencia para doce reclamos pendientes de genocidas. Era evidente que la ley los ponía en la situación de dar marcha atrás. No lo hicieron.

Desde que la Corte tuvo la nueva integración que le dio Mauricio Macri, con los jueces Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti que fueron nombrados inicialmente por decreto, fue firmando de manera escalonada decisiones orientadas a contramano de la línea que había mantenido el tribunal en la década previa. Primero dispuso la prisión domiciliaria para represores por razones humanitarias, luego restringió el acatamiento en los tribunales argentinos de las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y el broche de oro fue la sentencia que habilitaba el beneficio del cómputo del 2 x 1. El presidente había hecho campaña diciendo que terminaría con lo que llamaba despectivamente “el curro de los derechos humanos”, y los supremos tomaron nota del mensaje. De manera coincidente, en el ámbito judicial adquirió una influencia sin precedentes el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos, también conocido como colegio de la calle Montevideo, que nuclea a abogados de represores y grandes empresas, llevan en sus filas el sello de la familia Martínez de Hoz, y en otros tiempos avaló golpes de Estado. Es, además, la entidad que usa el actual Gobierno para denunciar a jueces que no le gustan y que participó de maniobras en tribunales para forzar la renuncia de la Procuradora Alejandra Gils Carbó.

Pese a este cuadro de situación, el repudio social ante la sentencia del 2 x 1 causó sorpresa en el ámbito político y descolocó a los propios jueces supremos que la habían firmado. Una de las que estaba más amargada, con atisbos de arrepentimiento, era Elena Highton de Nolasco, que firmó el voto mayoritario con Rosenkrantz y Rosatti. El Congreso tardó menos de una semana en recauchutar la ley 24.390 y votar una reforma para evitar su aplicación a genocidas. Dos días después, la Corte anunció que analizaría los pedidos pendientes de 2×1 de represores con el prisma de la nueva normativa y convocó a las partes -querellas y defensas– a que presentaran sus posiciones. Mientras tanto, prácticamente todos los tribunales inferiores (tribunales orales, cámaras de apelaciones y juzgados de primera instancia) del país se negaron, ante cada solicitud, a aplicar el fallo supremo. Muchos declararon la inconstitucionalidad de la ley de origen y su inaplicabilidad a delitos de lesa humanidad. Esa sublevación de los tribunales fue algo notable, sin precedentes.  

El martes 19 de diciembre último estaba convocado el acuerdo habitual de la Corte e incluido el asunto del 2×1 a la cabeza de los temas trascendentes. Desde algunas semanas antes, los jueces se preparaban para la firma de la nueva sentencia. No tenía por qué ser demasiado complicado: había dos jueces que desde el inicio tenían en claro la no aplicación del 2 x 1 a los represores y que habían votado en disidencia, Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda. Y una lectura atenta del voto de Rosatti permitía deducir fácilmente que un cambio legislativo podía llevarlo a cambiar de postura. El argumentaba que para el caso de Muiña estaba aplicando la legislación vigente, que no hacía distinción para los delitos de lesa humanidad en la aplicación de la ley penal más benigna. Un problema argumental que deben resolver quienes cambien de voto es determinar cómo es que sería aplicable la ley del Congreso que impide el 2×1 al existir el principio de irretroactividad de la ley penal. Varios organismos de derechos humanos plantean que al tratarse de una ley interpretativa es una sola con aquella a la que interpreta. Un enfoque adicional señala que una conmutación de penas, como es el 2×1, no se puede aplicar a delitos de lesa humanidad ya que lo prohíben los tratados internacionales.

El hecho es que con tres votos, ya hay mayoría para una sentencia. Pero en la Corte dicen que los casos de mayor relevancia deben llevar el voto de los cinco, aunque discrepen entre sí. Rosenkrantz, el promotor e ideólogo del fallo del 2×1, no pensaba mudar de postura. Highton era un misterio, aunque en el tribunal aseguran que buscaba la fórmula para desdecirse de su voto original. El lunes 18 la jueza suprema no fue a trabajar. Sus colegas tenían los votos listos. Comenzaron a llamarla por teléfono, pero la respuesta era “no puede atender llamados”. Llegó el día del plenario, y volvió a pegar el faltazo. Al día siguiente se excusó también de asistir a la cena de la Asociación de Magistrados. Lo cierto es que los jueces no quisieron votar un tema de esta envergadura sin ella.

Cerca de Highton aseguran que ella “no se borró”. Que al martes siguiente, es decir la semana pasada, en el acuerdo había asistencia perfecta y, sin embargo, la decisión de toda la Corte fue no resolver nada de nada relacionado con el asunto 2×1. Otro funcionario supremo que intentaba cargar las tintas sobre ella decía que fue quien pidió más tiempo y los demás lo aceptaron. Pero que lo hizo después de mostrarse proactiva con el tema. Sugería que todo esto coincidía con la publicación del Poder Ejecutivo de la reglamentación, la última semana, del fallo supremo que fijó en 75 años la edad para jubilarse de los jueces. Highton cumplió esa edad a comienzos de este mes: hay quienes creen que se tiene que ir, otros sostienen que está cubierta por una sentencia a su favor que había obtenido antes, la mayoría supone que negocia algo con el Gobierno. También por una causa penal que tramita en Comodoro Py por la designación de su hija, “Elenita”, como titular de la secretaría de Relaciones del Consumo, que tiene una dependencia directa de los jueces supremos, incluida su madre, algo que la reglamentación no permite.

El hecho es que el fallo que anunciaba marcha atrás con el 2×1 a los genocidas aún no salió. Las sentencias de la Corte se amoldan al clima de época, pero también sus silencios u omisiones. La decisión reciente del Tribunal Oral 6 de mandar al emblemático represor Miguel Etchecolatz a prisión domiciliara en medio del apacible bosque marplatense y cerca de la casa de una de sus víctimas, pese a que todo indica que no parece que corra peligro su vida por algún tema de salud, sólo puede entenderse en el actual contexto, donde le máximo tribunal va marcando el camino.

Durante 2017, la Corte debió intentar recomponer su imagen pública. Desde los fallos, no tuvo un recorrido parejo. Quizá las decisiones que más apuntaron en esa dirección fueron la sentencia que ordenó que vuelva a correr el río Atuel en La Pampa, que había perdido caudal por represas mendocinas; y la que resolvió que en Salta no se puede dictar educación religiosa obligatoria en horarios de clase. En otros rubros, también confirmó la prisión preventiva de Milagro Sala, después de dejar que pasara el tiempo presa sin sentencia y en ese caso admitió una indicación de la Corte Interamericana y que ordenaba la detención en el domicilio; anuló el concurso preventivo de Oil Combustibles e impidió la convocatoria que solicitaba el dueño, Cristóbal López; dictó una sucesión de fallos regresivos en materia laboral: obligó a un trabajador a pagar las costas de un juicio por un accidente laboral, redujo indemnizaciones por accidentes de trabajo, avaló despidos en el Estado y habilitó el fuero Contencioso para temas laborales (contra la competencia del fuero laboral, aquel al que el Gobierno Nacional  declaró su enemigo).  

En un plano “institucional” aumentó el poder y las facultades de la oficina que se ocupa de hacer escuchas telefónicas, donde también dejó hacer pie a la Policía Federal a la que le concedió el manejo de un locutorio completo para escuchar comunicaciones. Esta dependencia que pincha teléfonos es el principal puente de la Corte con Comodoro Py y el corazón de las causas. Su titular, además, es el presidente de la Cámara Federal, Martín Irurzun,  autor de la nueva tendencia de dictar prisiones preventivas a ex funcionarios por el hecho de haber tenido poder alguna vez. Para cerrar el año, firmó una acordada donde se exime a sí misma de aplicarse la ley de Acceso a la información Pública. Y un fallo donde sobresee a Héctor Magnetto y Bartolomé  Mitre en la causa sobre la apropiación de Papel Prensa y hasta le carga las costas del juicio a Lidia Papaleo. En rigor, una fórmula llamada “280”, de esas que los supremos aplican para no dar explicaciones.

 

 

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