Fiscal Ricardo Perciballe:
«La posición de la Fiscalía es muy firme,
nos encontramos frente a crímenes
de lesa humanidad y por lo tanto, imprescriptibles»
El abogado que lleva el caso del médico ruso, Vladimir Roslik, asesinado por la dictadura en Uruguay asegura que durante la década de 1970 y parte de 1980 hubo una persecución contra la colonia San Javier por su condición étnica de origen ruso
Por Sofia Belandria
23 septiembre 2021
El fiscal Ricardo Perciballe, a cargo de la Fiscalía Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad de Uruguay, se refirió en entrevista, al cierre del caso de Vladimir Roslik por parte de la Suprema Corte de Justicia y los caminos a seguir para continuar la investigación.
El pasado 28 de julio, la Suprema Corte de Justicia [SCJ] del Uruguay, archivó la causa de Vladimir Roslik, el médico de origen ruso que fue el último asesinado por la dictadura en 1984, al declarar inadmisible el recurso de casación presentado por el fiscal Ricardo Perciballe en marzo de 2020.
Tras la decisión judicial, la Fiscalía Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad trabaja sobre estrategias que permitan reabrir el caso del asesinato del médico y la persecución étnica a la comunidad de San Javier, una pequeña colonia de inmigrantes rusos de unos 1.700 habitantes a orillas del río Uruguay, a 367 kilómetros de Montevideo.
Al momento de ser secuestrado, Roslik tenía 43 años. El 15 de abril de 1984 llegó a su casa, donde vivía con su esposa e hijo de cuatro meses, una patrulla militar comandada por el entonces capitán y hoy general en retiro Daniel Castellá, que lo trasladó, junto a varios sanjavierinos, al Batallón de Infantería Nº9 de la localidad de Fray Bentos, departamento de Río Negro, donde fue asesinado bajo torturas el 16 de abril de 1984.
Vladimir Roslik y su esposa María Cristina Zavalkin
En 2014, con el argumento de ‘cosa juzgada’ y prescripción de los hechos, el Tribunal de Apelaciones validó la sentencia de la Justicia Militar de 1986, que dispuso irrisorias condenas para los responsables del batallón al momento del asesinato de Roslik: ocho meses para el teniente coronel Mario Olivera y dos años y seis meses para el mayor Sergio Caubarrere.
En entrevista Perciballe se refirió a cómo es posible continuar la investigación.
Perciballe explica que hay varias causas: «hay una que se inició en 1986 por discriminación étnica, por la persecución que hubo durante la década de 1970 y parte de 1980, contra la colonia San Javier por su condición étnica, por su condición de rusos».
Esta es «bastante atípica, porque es más una investigación histórica que propiamente penal, porque se analizan las circunstancias de la persecución en general contra la colonia, pero ninguno de los operativos en particular», explica, sobre esta causa que se sigue en el Juzgado de Fray Bentos.
Existe otra causa, por el Código Procesal Penal anterior (previo a 2017), que fue iniciada a instancias del Ministerio de Salud Pública del Uruguay (causa 316-10015 de 1987), por la actuación del personal militar médico, en la cual se empezó tangencialmente la investigación de la muerte de Roslik, explica Perciballe.
La causa principal fue la adelantada por la justicia militar que derivó en el fallo de 1986. En 2014, el Tribunal de Apelaciones civil, determinó que existía cosa juzgada, para aquellos militares que habían sido condenados por la justicia militar por la muerte de Roslik, así como la prescripción de todas las acciones. A partir de esa sentencia el caso se archivó hasta que, en 2018, la viuda de Roslik, María Zabalkin, y su hijo Valery, solicitaron la reapertura del caso.
«Nosotros interpusimos un recurso extenso de casación, donde planteamos un montón de temas jurídicos, entre ellos de que no podía haber cosa juzgada», porque se trataba de «un tema de la justicia militar donde no cumplieron ninguna de las garantías del debido proceso, donde fue una cosa juzgada fraudulenta», argumenta Perciballe.
«Eso no se debía haber tomado en consideración y, además de todo, Uruguay tenía la obligación de investigar el caso porque lo obliga la sentencia Gelman», sostiene el fiscal refiriéndose a la jurisprudencia del Caso Gelman vs. Uruguay, de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
En el caso Gelman vs. Uruguay se estableció la responsabilidad internacional del Estado uruguayo en la desaparición forzada de María Claudia García Iruretagoyena de Gelman en 1976, así como la supresión y sustitución de identidad de su hija, María Macarena Gelman García, exdiputada del opositor Frente Amplio uruguayo, quien recuperó su identidad en el año 2000.
En el fallo del 28 de julio de 2021, «la Suprema Corte de Justicia [SCJ] no consideró todos estos puntos señalados por la fiscalía, y solo resolvió desde el punto de vista formal. Desestima el recurso de casación, por un problema de que había ‘cosa juzgada’ anterior, porque la fiscalía departamental en su momento no recurrió y ella es la que tendría que haber recurrido y no ahora», declara el fiscal.
Nuevos caminos de investigación y persecución
A partir del fallo de la SCJ al recurso de casación interpuesto, Perciballe considera que la fiscalía está en condiciones de avanzar.
«Lo que está resuelto en ese expediente es eso, que hubo militares involucrados en la muerte de Roslik, entonces si hay hechos que no quedan alcanzados por la denuncia presentada en 2018, en ese caso la fiscalía está en condiciones, bajo las reglas del nuevo Código Procesal Penal, de hacer una nueva investigación. Bueno, en eso estamos», admitió Perciballe.
«En la medida en que la SCJ establece que hay determinados hechos que eventualmente la fiscalía pudiera investigarlos, se están investigando en una nueva causa por el nuevo Código, donde la investigación la llevamos a cabo los fiscales», agregó Perciballe, haciendo referencia al nuevo Código Procesal Penal del Uruguay aprobado el 1° de noviembre de 2017.
La nueva investigación recopila la información que se recabó en su momento, porque varias víctimas que dieron sus testimonios ya han fallecido.
«Esas declaraciones se tienen que tomar como tales, para la investigación que estamos llevando a cabo, sin perjuicio de que hoy, hemos accedido a muchísima más documentación que no existía en el expediente al que nos referíamos», profundizó.
Colaboración de autoridades
El caso Roslik saltó nuevamente a la luz pública a partir de la publicación del reportaje del periodista Leonardo Haberkorn para el medio uruguayo La Diaria, donde se explicita el contenido de la sentencia del tribunal militar de 1986.En esa sentencia se establece quiénesfueron los militares que habrían estado en el momento del interrogatorio. «Eso también es parte de la investigación y fue remitido a la fiscalía», enfatizó Perciballe.
En la nueva investigación, «hemos recabado toda la documentación atinente al caso, de los distintos organismos que participan en esto», es decir, el Ministerio de Defensa, del Ministerio del Interior y sus áreas de inteligencia, de la Secretaría de Derechos Humanos para la Presidencia, del Archivo General de la Nación, y se han tomado declaraciones a distintas víctimas, entre ellas muchas de las que viven en San Javier.
«La etapa posterior es citar a los indagados, y si eventualmente llegamos a alguna conclusión, pedir en su momento la formalización de la investigación. Sobre victimarios, todavía no hemos tomado declaración a nadie», manifestó el licenciado.
Prescripción vs. imprescriptibilidad
Para Perciballe, tanto la decisión del Tribunal de Apelaciones en 2014, como la de la Suprema Corte de Justicia en 2021, que se basan en la figura jurídica de la prescripción de los hechos punibles, son equivocadas.
«La posición de la Fiscalía es muy firme, nos encontramos frente a crímenes de lesa humanidad y por lo tanto, imprescriptibles. Esta posición es admitida por varios jueces de primera instancia, por el Tribunal de Apelaciones y por dos integrantes de la SCJ», añadió.
«La mayoría de la SCJ entiende que no son crímenes de lesa humanidad, porque entiende que estos tuvieron cabida a partir de 2006, cuando se votó la Ley 18.026», que modificó el Código Penal para incorporar los conceptos de ‘genocidio’, ‘crímenes de guerra’ y ‘crímenes de lesa humanidad’ del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, y el deber internacional del Uruguay de juzgarlos como tales.
«Es un tema absolutamente discutible, desde el punto de vista jurídico. Nosotros interpretamos otra cosa», reconoció el fiscal.
«Pero lo importante acá es si prescriben o no prescriben las causas. Increíblemente, de todas las causas que nosotros conocemos, esta es la única donde se dispuso la prescripción (Roslik). En el resto de las causas del país, que son unas cuantas, nunca hubo una sentencia de este tenor», puntualizó.
Respecto a distintas causas abordadas por la Fiscalía, apuntó que con el nuevo Código Procesal Penal, hay cuatro causas en investigación con posibilidades ciertas de ir a juicio. «En una de ellas, ya hay formalizados, en otra pedimos la formalización y dos, entre las que se encuentran la de Roslik y otra más en San José (suroeste), que se encuentran en etapa de investigación con una posibilidad de que exista una solicitud de formalización».
Sobre la persecución étnica a los habitantes de San Javier por su origen ruso, Perciballe señaló que, en la medida en que esté en la órbita de la Fiscalía, especializada en crímenes de lesa humanidad, van a seguir la investigación.
Tarea contrarreloj y tiempos a favor de la impunidad
Perciballe también se refirió a los tiempos institucionales que favorecen la impunidad en casos de crímenes de lesa humanidad en la historia reciente.
«Sin duda que hay un problema de tiempo porque las víctimas se mueren, los victimarios se mueren. Es más, los principales victimarios de todo esto han muerto. Porque los principales victimarios, eran generales, eran coroneles en su momento. Hoy nosotros estamos alcanzando un rango máximo de mayores», lamentó Perciballe.
«Eso ya nos da una pauta de que los principales responsables ya están muertos. Lo que no quita que se pueda seguir avanzando. Más que nada en verdad, que es lo que más interesa».
«El tiempo también tiene cosas a favor y cosas en contra. Porque seguramente, un fiscal que hubiera actuado en los años ochentas, cuando volvimos a la democracia, hubiera tenido muchísimos menos elementos de los que contamos hoy. Entonces, es complejo el tema, pero da para los dos lados, a favor y en contra del mantenimiento de la persecución de los delitos», concluyó el fiscal.
Cortesía de Álvaro Roslik Sputnik