Liberaron a Ferro : la Justicia de la Impunidad

Liberaron a Ferro: «Es una burla a la justicia»

«Este mismo tribunal fue el que ha trancado permanentemente todos los procesos y pedidos que se hacían por causas de Derechos Humanos», aseguró Javier Tassino a Caras y Caretas.

15 ABRIL, 2021 

Javier Tassino, integrante de Familiares de Detenidos Desaparecidos dijo a Caras y Caretas que la decisión de la justicia de liberar a Eduardo Ferro, es «una burla a la democracia, a la vida y a la justicia».

El Tribunal de Apelaciones de 2° turno, integrado por los doctores Daniel Balcaldi, Daniel Tapié y Ricardo Míguez, dispuso la liberación del coronel retirado.

Ferro fue recientemente extraditado desde España acusado de haber asesinado y desaparecido en 1977 a Óscar Tassino, entre otros crímenes de Lesa Humanidad.

Javier Tassino, hermano de Óscar, recordó que este mismo tribunal fue «el que ha trancado permanentemente todos los procesos y pedidos que se hacían por causas de Derechos Humanos».

Fue el que impidió, hasta el momento, que avance la investigación del caso Vladimir Roslik, considerando que la actuación de la «justicia militar» de la dictadura, era similar a la actuación del Poder Judicial.

«Ahora, el coronel Eduardo Ferro es un ciudadano libre y en condiciones de seguir cobrando su jubilación militar», expresaron desde Crysol.

Tassino consideró que la decisión del Tribunal es «un disparate», porque «deja en libertad a un genocida que ya tiene fugas comprobadas. Que se negó a hablar con la justicia, pero concedió una entrevista radial estando prófugo para decir todas sus mentiras».

Confió sin embargo, en que el tribunal que lleva la causa principal termine condenando a Ferro una vez que termine la cuarentena de la justicia.

Liberaron a Eduardo Ferro:

Tribunal de Apelaciones

de 2° turno rechazó la prisión preventiva

15 de abril de 2021 · 

La jueza Silvia Urioste había resuelto la medida cautelar por sus antecedentes de fuga.

El Tribunal de Apelaciones de 2° turno hizo lugar al recurso presentado por la defensa del coronel retirado Eduardo Ferro, que apeló la prisión preventiva en la causa que investiga la desaparición del militante comunista Óscar Tassino.

Para el tribunal, integrado por Daniel Balcaldi, Daniel Tapié y Ricardo Míguez, no corresponde la prisión preventiva debido a que aún no fue procesado por la Justicia. La jueza penal de 27° turno, Silvia Urioste, dispuso la prisión preventiva, luego de que la defensa del militar presentara un recurso de inconstitucionalidad contra Ley 18.831, de restablecimiento de la pretensión punitiva del Estado para los delitos cometidos en aplicación del terrorismo de Estado, lo que detuvo la causa.

En la sentencia, a la que accedió la diaria el Tribunal esgrime que la prisión preventiva antes del auto de procesamiento responde al nuevo código del proceso y “no se puede intercalar la solución prevista en un sistema a la del otro, porque se desnaturalizan”. Alude al artículo 15 de la Constitución, que establece que “Nadie puede ser preso sino infraganti delito o habiendo semiplena prueba de él, por orden escrita de juez competente”.

Fuentes de la Fiscalía dijeron a la diaria que el tribunal no consideró el hecho de que Ferro estuvo tres años prófugo y recordaron que no hay jurisprudencia en la Suprema Corte de Justicia (SCJ) alineada a la posición del tribunal.

Con la decisión del tribunal, Ferro podrá esperar en libertad la resolución de la SCJ sobre la inconstitucionalidad. A partir de esa decisión, la causa Tassino se retomará.

La fuga a España

La fuga de Ferro de la Justicia uruguaya se conoció en marzo de 2017, cuando no compareció a declarar ante la jueza Dolores Sánchez, quien llevaba la causa Tassino, por lo que se emitió una orden de captura internacional.

En setiembre de 2017 Ferro fue detenido en España pero, en una decisión que sorprendió por su excepcionalidad, la Justicia española le concedió el cese de la prisión administrativa y Ferro esperó el juicio de extradición en libertad. Cuando la Justicia española resolvió extraditarlo, no lo pudo encontrar.

El 27 de enero de 2021, luego de fracasar en su intento por cobrar la jubilación desde España, el militar se contactó por intermedio de su abogado con Interpol Uruguay y fue detenido por la Policía española en su apartamento en Valencia.

Además de la desaparición de Tassino, Ferro está siendo investigado por el secuestro de Universindo Rodríguez, Lilián Celiberti y sus dos hijos, ocurrido en Porto Alegre en noviembre de 1978, y por la causa que investiga las torturas en el Batallón de Ingenieros Nº 4 de Laguna del Sauce, Maldonado. La Justicia uruguaya remitió a España la solicitud de ampliación de la extradición, para habilitar que sea juzgado en nuestro país en estas otras dos causas, debido a que la extradición por la que fue entregado a Uruguay sólo tiene validez para la causa Tassino.

DICTADURA

15 de abril de 2021

Tribunal de Apelaciones rechazó

prisión preventiva para el

coronel (r) Eduardo Ferro

El Tribunal de Apelaciones de 2° turno -integrado por los doctores Daniel Balcaldi, Daniel Tapié y Ricardo Míguez- hizo lugar al recurso que presentó la defensa del coronel retirado Eduardo Ferro y decidió que no corresponde la prisión preventiva debido a que aún no fue procesado por la Justicia.

El pasado 27 de marzo, Ferro arribó a nuestro país, procedente de España -tras un pedido de extradición- para ser sometido a la Justicia por el secuestro y la desaparición del militante del Partido Comunista Oscar Tassino ocurrida en el año 1977, en plana dictadura cívico-militar.

En aquel momento, el fiscal especializado en Crímenes de Lesa Humanidad, Ricardo Perciballe, expresó que se dispuso la prisión preventiva para Ferro “hasta que se diluciden las nuevas excepciones de inconstitucionalidad” que se plantearon de parte de la defensa del coronel retirado.

En las últimas horas, el Tribunal de Apelaciones entendió que no corresponde que Ferro espere el juicio en prisión preventiva, pero ello no modifica el proceso de la investigación. Diferentes fuentes indicaron que la resolución no admite una instancia de casación.

Si bien el Tribunal considera que no existe peligro de fuga, Ferro había estado fugado de la policía uruguaya y de la española.

La asociación de ex presos políticos del Uruguay Crysol, cuestionó que el Tribunal, “que fue el que impidió hasta el momento que avance la investigación del caso Vladimir Roslik, consideró que la actuación de la ‘Justicia Militar’ de la dictadura era similar a la actuación del Poder Judicial”.

Acusación

Ferro es acusado de ser el responsable del secuestro y desaparición del militante comunista Oscar Tassino, en el año 1977 y de ser uno de los principales protagonistas del Plan Cóndor de coordinación represiva dirigido por varias dictaduras del Cono Sur de finales de los años 70 para acabar con la disidencia política.

Fue jefe del Batallón de Contrainteligencia Militar, además de integrar el Servicio de Información y Defensa (SID) y el Organismo Coordinador de Operaciones Antisubversivas (OCOA).

Según la organización Proyecto Desaparecidos, fue autor material de la muerte del escribano Fernando Miranda. En Argentina fue responsable por la tortura de Andrés Bellizi y Jorge Goncalves, entre otros.

Asimismo, se ha informado que “se deshizo” del cuerpo de María Claudia García Irureta-Goyena de Gelman, secuestrada mientras estaba cursaba un embarazo en Argentina y posteriormente asesinada.

También participó en el traslado ilegal a Montevideo de Universindo Rodríguez, Lilián Celiberti y sus dos pequeños hijos, luego de ser secuestrados en Brasil en 1978.

Habría sido responsable del espionaje militar a partidos políticos, sindicales y organizaciones sociales entre 1988 y 1991, ya en democracia.


Liberaron a Eduardo Ferro

El Tribunal de Apelaciones de 2° turno, integrado por los doctores Daniel Balcaldi, Daniel Tapié y Ricardo Míguez, dispuso la liberación del coronel retirado Eduardo Ferro, recientemente extraditado desde España por haber asesinado y desaparecido en 1977 a Óscar Tassino, entre otros crímenes de Lesa Humanidad.

Este tribunal fue el que impidió hasta el momento que avance la investigación del caso Vladimir Roslik. Consideró que la actuación de la “justicia militar” de la dictadura era similar a la actuación del Poder Judicial.

Ahora, el coronel Eduardo Ferro es un ciudadano libre y en condiciones de seguir cobrando su jubilación militar.

Tribunal de Apelaciones de 2do turno decidió la liberación del militar Eduardo Ferro . Esta mañana se concretara su salida de la cárcel de Domingo Arena . Ferro deberá fijar domicilio y se le retendrá el pasaporte.

Crysol

 

Liberaron a Eduardo Ferro:

Tribunal de Apelaciones de 2° turno

rechazó la prisión preventiva

15 de abril de 2021 · 

El fiscal especializado en Derechos Humanos, Ricardo Perciballe, pidió que se le coloque una tobillera electrónica ante el riesgo de fuga.

El Tribunal de Apelaciones de 2° turno hizo lugar al recurso presentado por la defensa del coronel retirado Eduardo Ferro, que apeló la prisión preventiva en la causa que investiga la desaparición del militante comunista Óscar Tassino.

Para el tribunal, integrado por Daniel Balcaldi, Daniel Tapié y Ricardo Míguez, no corresponde la prisión preventiva debido a que aún no fue procesado por la Justicia. La jueza penal de 27° turno, Silvia Urioste, dispuso la prisión preventiva luego de que la defensa del militar presentara un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley 18.831 de restablecimiento de la pretensión punitiva del Estado para los delitos cometidos en aplicación del terrorismo de Estado, lo que detuvo la causa.

En la sentencia, a la que accedió la diaria, el tribunal esgrime que la prisión preventiva antes del auto de procesamiento responde al nuevo código del proceso y “no se puede intercalar la solución prevista en un sistema a la del otro, porque se desnaturalizan”. Alude al artículo 15 de la Constitución, que establece que “Nadie puede ser preso sino infraganti delito o habiendo semiplena prueba de él, por orden escrita de juez competente”.

Fuentes de la Fiscalía dijeron a la diaria que el tribunal no consideró el hecho de que Ferro estuvo tres años prófugo y recordaron que no hay jurisprudencia en la Suprema Corte de Justicia (SCJ) alineada a la posición del tribunal.

Además, señalaron que el recurso de inconstitucionalidad ya fue presentado y rechazado dos veces en la causa y en el caso hipotético de que la SCJ accediera a la inconstitucionalidad de la Ley 18.831, está firme la no prescripción del delito, por lo que la causa continuaría de todos modos.

Cuando la defensa de Ferro presentó el recurso, la jueza Urioste lo rechazó en el momento porque ya había sido presentado, por lo que los abogados decidieron elevar a la SCJ un recurso de queja. Urioste aceptó tramitarlo pero advirtió que la imposición de ese recurso no detendría el proceso y entonces Ferro se negó a declarar y la fiscalía no pudo avanzar.

Este jueves el fiscal Perciballe -quien no puede llevar a Casación la liberación de Ferro- presentó un recurso de aclaración y ampliación ante el tribunal pidiendo que se disponga una tobillera electrónica y se le prohíba acercarse a las víctimas.

Perciballe advirtió que el Estado deberá hacerse responsable ante una eventual fuga de Ferro o daño a las víctimas de la causa, y recordó que el mismo tribunal dispuso medidas cautelares en etapas previas al procesamiento en casos de menor gravedad.

En diálogo con la diaria, la directora de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo, Mariana Mota, lamentó la decisión del tribunal y destacó que existe “un grave riesgo de que se vuelva a fugar”.

“Está poniendo a la Justicia en una encrucijada y eso es lo que debería valorar el Poder Judicial, no atenerse a que como no fue procesado no habilitaría una prisión preventiva”, señaló. En esa línea, la exjueza señaló que podrían haberse tomado otras medidas cautelares como la colocación de un dispositivo electrónico o la obligación de presentarse todos los días ante la sede, para asegurar “a la sede y toda la sociedad que esta persona va a comparecer ante la Justicia”.

Mota cuestionó a los ministros que integran el tribunal, en base a anteriores resoluciones en causas sobre derechos humanos: “A este tribunal no le vas a encontrar una sentencia que haga caudal de la normativa internacional, ni que considere derechos de lesa humanidad”.

Al ser consultado por la prensa, el fiscal de Corte, Jorge Díaz, respondió: “Preocupa porque se trata de un ciudadano que estuvo prófugo (…) y el fiscal entiende que hay elementos para que sea sometido a proceso”.

La fuga a España

La fuga de Ferro de la Justicia uruguaya se conoció en marzo de 2017 cuando no compareció a declarar ante la jueza Dolores Sánchez, quien llevaba la causa Tassino.

En setiembre de 2017 Ferro fue detenido en España, pero la Justicia española le concedió el cese de la prisión administrativa y Ferro esperó el juicio de extradición en libertad. Cuando la Justicia española resolvió extraditarlo, no lo pudo encontrar.

El 27 de enero de 2021, luego de fracasar en su intento por cobrar la jubilación desde España, el militar se contactó por intermedio de su abogado con Interpol Uruguay y fue detenido por la Policía española en su apartamento en Valencia.

Este jueves el ministro de Defensa, Javier García, fue consultado por la situación de Ferro y recordó que cuando Ferro intentó cobrar la jubilación, estando prófugo en España, él lo informó directamente a la Justicia. En cuanto al cobro de la jubilación, en esta situación jurídica, García dijo que consultará a la Facultad de Derecho: “Ningún ministro o jerarca puede decidir si una persona cobra o no la jubilación, son temas legales y jurídicos”.

Además de la desaparición de Tassino, Ferro está siendo investigado por el secuestro de Universindo Rodríguez, Lilián Celiberti y sus dos hijos, ocurrido en Porto Alegre en noviembre de 1978, y por la causa que investiga las torturas en el Batallón de Ingenieros Nº 4 de Laguna del Sauce, Maldonado

DECLARACIONES DEL FISCAL RICARDO PERCIBALLE

Tomadas en el Facebook del Observatorio Luz Ibarburu – tocar la imágen

INDDHH: decisión sobre Ferro

debilita la respuesta judicial

Mariana Mota señaló en el Tribunal de Apelaciones “una tendencia a no aceptar la normativa internacional”

5 de abril de 2021

La Institución Nacional de Derechos Humanos (INDDHH) no emitirá declaración sobre la decisión del Tribunal de Apelaciones de dejar en libertad al coronel retirado Eduardo Ferro, pero entiende que implica un debilitamiento de la respuesta judicial, señaló su directora Mariana Mota.

“A la Institución le preocupa que esta decisión judicial pueda poner en riesgo la efectividad de la comparecencia de este militar retirado a los estrados judiciales donde ha sido convocado en otras oportunidades y no compareció”, explicó la exfiscal.

En diálogo con InfoTNU, Mota recordó que Ferro debe responder por crímenes de lesa humanidad en los que ha sido plenamente identificado y señaló “una voluntad casi permanente (del militar) por no comparecer ante la justicia”.

“Con esta liberación se corre grave riesgo de que pueda volver a frustrarse la necesaria continuidad de las causas judiciales que lo tienen como principal responsable”.

Por sus antecedentes, en relación a otros casos vinculados a la violación de derechos humanos en el pasado reciente, Mota señaló en el Tribunal de Apelaciones una “tendencia de no aceptar la normativa internacional, de no considerar que sean delitos de lesa humanidad y entender desde otra óptica, que no es la que corresponde”.

Tassino: “el país tiene que estar alerta porque hay un genocida libre”

Entrevistado por InfoTNU, Javier Tassino, integrante de la organización Madres y Familiares, hermano de Oscar Tassino, manifestó preocupación por una posible fuga de Ferro por la frontera seca con Brasil, pero dijo que confía en la segunda instancia del proceso.

Sobre el coronel retirado pesa un pedido de procesamiento y se espera la fijación de una próxima audiencia. Se estima que el sábado, luego de obtener el resultado de un hisopado, saldrá de la cárcel de Domingo Arena para instalarse en el departamento de Maldonado, donde fijará domicilio.

“Es un peligro para la sociedad que Ferro esté libre”, afirmó Tassino. “Es un genocida, es peor que los asesinos”.

Trinal dbue Apelaciones revocó la prisión preventiva

Ferro liberado

Mauricio Pérez
16 abril, 2021

La Justicia revocó la prisión preventiva del represor Eduardo Ferro, quien aguardará la resolución del proceso penal en libertad.

El Tribunal de Apelaciones en lo Penal (TAP) de Segundo Turno revocó la prisión preventiva del coronel (r) Eduardo Ferro y dispuso su inmediata puesta en libertad. Ferro estaba alojado en la Unidad Penitenciaria N.º 8, la cárcel de Domingo Arena, junto a una veintena de represores. Como medida cautelar, el TAP ordenó que Ferro fije domicilio y la retención de su pasaporte.

Tras más de tres años prófugo de la Justicia, Ferro fue extraditado desde España. Al llegar al país, fue trasladado al juzgado para declarar en la indagatoria penal por el secuestro y desaparición del militante comunista Óscar Tassino en 1977. Pero no llegó a declarar: su defensa presentó diversos recursos, que incluían una acción de inconstitucionalidad y un recurso de prescripción.

En este contexto, la jueza Silvia Urioste –a pedido del fiscal Ricardo Perciballe– dispuso su prisión preventiva ante un eventual riesgo de fuga. La jueza se basó en la denominada teoría del buñuelo, utilizada en el nuevo Código del Proceso Penal (CPP), que habilita a los jueces a disponer la prisión preventiva de una persona para evitar recursos dilatorios de las defensas. Esta tesis fue aplicada en el caso del exintegrante del Escuadrón de la Muerte, Miguel Sofía.

Sin embargo, el TAP cuestionó la aplicación de esta teoría a una causa tramitada bajo el anterior CPP, ya que en el viejo sistema no existe ninguna forma de prisión preventiva cautelar anterior al dictado de procesamiento. Según el TAP, «si no se dictó un auto de procesamiento,no es posible imponer prisión preventiva al indagado bajo ningún concepto y mucho menos por analogía, porque siempre será una interpretación en perjuicio del reo que violenta los principios rectores del derecho penal, por lo menos liberal».

De esta forma, Ferro aguardará la resolución del proceso en libertad. Cuánto tiempo, dependerá del plazo que le tome a la Justicia resolver los asuntos pendientes. Una vez que esto suceda, la jueza podrá interrogarlo y el fiscal Perciballe podrá pedir su procesamiento. Asimismo, Perciballe presentó un recurso de aclaración y ampliación contra el fallo, alegando que este TAP habilitó en su momento la aplicación de medidas cautelares en un presumario. Por su parte, el colectivo Ielsur, representante de la familia Tassino en el proceso, afirmó que si Ferro se vuelve a fugar, «todo el Estado es responsable».

En tanto, Ferro podría recibir otra buena noticia. El Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas envió una nota al ministro de Defensa, Javier García, en la que informa que el coronel Ferro tiene créditos disponibles a cobrar. En agosto de 2018, el exministro Jorge Menéndez (ya fallecido) ordenó el cese del pago de su jubilación tras constatar que el militar –entonces prófugo– realizó la revista de existencia en forma incorrecta. La imposibilidad de cobrar su jubilación fue uno de los motivos que llevó a Ferro a entregarse a las autoridades uruguayas. En estas circunstancias, el ministro García solicitó un informe a la Facultad de Derecho para determinar si corresponde o no pagarle sus haberes retenidos.

“SORPRENDENTE Y DECEPCIONANTE”

Fuerza Renovadora sobre liberación

de Ferro: “Alerta, el torturador anda suelto”

15.04.2021

MONTEVIDEO (Uypress)- El sector Fuerza Renovadora, del Frente Amplio, que encabeza el senador Mario Bergara, emitió una declaración sobre la “sorprendente y decepcionante” liberación del represor Cnel (R) Eduardo Ferro, que publicamos íntegra a continuación.

En una sorprendente y decepcionante resolución del Tribunal de Apelaciones, integrado por los jueces D. Balcaldi, D. Tapié y R. Míguez, fue liberado de la cárcel de Domingo Arena el represor Cnel. (R) Eduardo Ferro.

Es acusado por el asesinato y desaparición de Oscar Tassino en 1977, por el secuestro en Brasil y posterior traslado a Uruguay y tortura de Lilián Celiberti junto a sus hijos de 6 y 4 años y a Universindo Rodríguez, por torturas en el cuartel de Laguna del Sauce, y más casos durante la dictadura.

Agrega a su legajo la denuncia del capitán H. Erosa por espionaje en plena democracia, en la década de 1990, desde el cuartel de Florida donde revistaba, a políticos de todo el espectro democrático.

Ha estado prófugo de la Justicia uruguaya y española, donde se escondió, por tres años. Eso sí, cobrando rigurosamente su retiro de oficial del ejército uruguayo. ¿No es una señal fuerte de su propensión a la fuga? ¿No amerita medidas cautelares más contundentes?

Su defensa ha presentado tres veces el pedido de inconstitucionalidad de la ley 18831, siendo rechazado sistemáticamente, lo que es una evidente chicana jurídica para dilatar lo inevitable: su procesamiento por delitos de lesa humanidad. ¿No es un caso evidente de dilatorias espúreas?

Confiamos en la Justicia, aún en la discrepancia con este fallo, y en la ejecutividad de sus autoridades para dar cabal cumplimiento al debido proceso, con todas las garantías del caso, que Ferro violó impunemente y utiliza como buen cobarde que ha demostrado ser. Habrá Justicia.

FUERZA RENOVADORA, 15/4/21

REPUDIO

16 de abril de 2021

Sectores políticos del FA y sindicatos

repudian excarcelación de Eduardo Ferro

El sector frenteamplista Fuerza Renovadora y el Sindicato Único de las Telecomunicaciones (SUTEL) emitieron sendas declaraciones en las que manifiestan su repudio a la decisión del Tribunal de Apelaciones de 2° turno de hacer lugar al recurso que presentó la defensa del coronel retirado Eduardo Ferro y decidió que no corresponde su prisión preventiva.

A través de un comunicado, Fuerza Renovadora expresa: “Alerta, el torturador Eduardo Ferro anda suelto”.

El sector frenteamplista señala que en una “sorprendente y decepcionante resolución del Tribunal de Apelaciones, integrado por los jueces Daniel Balcaldi, Daniel Tapié y Ricardo Míguez, fue liberado de la cárcel de Domingo Arena el represor coronel (r) Eduardo Ferro”.

Recuerda que Ferro ha sido acusado por el asesinato y desaparición de Oscar Tassino en 1977, por el secuestro en Brasil y posterior traslado a Uruguay y tortura de Lilián Celiberti junto a sus hijos de 6 y 4 años y a Universindo Rodríguez, por torturas en el cuartel de Laguna del Sauce, y más casos durante la dictadura.

Fuerza Renovadora señala que Ferro agrega a su legajo “la denuncia del capitán Héctor Erosa por espionaje en plena democracia, en la década de 1990, desde el cuartel de Florida donde revistaba, a políticos de todo el espectro democrático”.

Ha estado prófugo de la Justicia uruguaya y española, donde se escondió, por tres años. “Eso sí, cobrando rigurosamente su retiro de oficial del Ejército uruguayo. ¿No es una señal fuerte de su propensión a la fuga? ¿No amerita medidas cautelares más contundentes?”, interroga Fuerza Renovadora.

Señala, asimismo, que la defensa de Ferro ha presentado tres veces el pedido de inconstitucionalidad de la Ley 18.831, siendo rechazado sistemáticamente, lo que es una “evidente chicana jurídica para dilatar lo inevitable: su procesamiento por delitos de lesa humanidad. ¿No es un caso evidente de dilatorias espurias?”.

“Confiamos en la Justicia, aún en la discrepancia con este fallo, y en la ejecutividad de sus autoridades para dar cabal cumplimiento al debido proceso, con todas las garantías del caso, que Ferro violó impunemente y utiliza como buen cobarde que ha demostrado ser. Habrá Justicia”, expresa Fuerza Renovadora.

Lamentable

Por su parte, los trabajadores nucleados en el Sindicato Único de las Telecomunicaciones (SUTEL) calificaron como “lamentable” la decisión del Tribunal de Apelaciones  hacia quien fuera acusado de haber participado no solamente de Tassino sino, además, en otros crímenes de lesa humanidad.

El sindicato de los trabajadores de las telecomunicaciones considera que es “un hecho grave que ocurran estas cosas en un Gobierno democrático donde la Justicia deja libre al responsable de uno de los capítulos más crueles de nuestra historia”.

Remarcan que se trata del mismo Tribunal de Apelaciones que archivó el caso Vladimir Roslik y el caso Roberto Gomensoro y ahora determinó que no correspondía prisión preventiva para Ferro.

“Es lamentable  que el reconocido secuestrador de Oscar Tassino sea dejado libre por la Justicia, cuando claramente las denuncias lo señalan como uno de los ideólogos de tales atrocidades”, manifiesta SUTEL.

El gremio recuerda, además, que Ferro estuvo fugado de la Justicia y que existe preocupación por un eventual riesgo de fuga por la frontera seca con Brasil.

En cambio, el sindicato saluda la posición de la Fiscalía de Derechos Humanos desde donde, según versiones de prensa, se insistirá con el pedido de procesamiento en la próxima audiencia.

Los trabajadores nucleados en SUTEL adhieren firmemente a las manifestaciones de rechazo por parte de diferentes organizaciones de derechos humanos, entre ellas la asociación de expresos políticos de Uruguay y representantes de Familiares de Detenidos Desaparecidos desde donde se considera un “mazazo” la decisión del tribunal de apelaciones de liberar a Ferro.

En efecto, tanto la Asociación Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos como la organización de Ex presos políticos del Uruguay Crysol manifestaron su repudio a la decisión de excarcelar a Ferro.

“Sin desmedro de que el proceso judicial continúe, el otorgamiento de la libertad aduciendo que no se encuentra dictada una sentencia, es una clara señal de que la cultura de la impunidad se mantiene y que los torturadores siguen detentando privilegios”, expresó Madres y Familiares.

Por su parte, Crysol recordó que el mismo Tribunal fue el que impidió hasta el momento que avance la investigación del caso Vladimir Roslik y consideró que la actuación de la “‘justicia militar’ de la dictadura era similar a la actuación del Poder Judicial”.

“Ahora, Ferro es un ciudadano libre y en condiciones de seguir cobrando su jubilación militar”, cuestionó Crysol.

La liberación de Ferro, los crímenes

de la dictadura y los criterios del

Tribunal de Apelaciones de 2º turno

16 de abril de 2021 · 

El tribunal es el único que no reconoce los delitos de lesa humanidad.

La liberación del coronel retirado Eduardo Ferro, en la causa que investiga la desaparición forzada del militante comunista Oscar Tassino, generó críticas al Tribunal de Apelaciones en lo penal de 2º turno, que decidió su liberación considerando que no puede imponerse prisión preventiva previo al procesamiento, por tratarse de un instrumento del nuevo código del proceso, cuando la causa se tramita por el viejo código.

La Fiscalía de Derechos Humanos presentó un recurso de ampliación y aclaración en el que pidió que se dispusiera una tobillera electrónica y la prohibición de acercarse a las víctimas, de manera de preservar la continuidad de la causa, pero el recurso fue rechazado este viernes.

Uno de los puntos cuestionados de la decisión es que no se tomó en cuenta la acción deliberada de la defensa de Ferro de entorpecer el avance de la causa, al presentar por tercera vez un recurso de inconstitucionalidad sobre la Ley 18.831, que restableció la pretensión punitiva del Estado, además del claro riesgo de fuga de Ferro, que escapó en marzo de 2017 de la Justicia uruguaya, volvió a hacerlo en 2018 de la Justicia española y en enero de 2021 se entregó a Uruguay, al constatar que no podía cobrar su jubilación.

El tribunal tiene la última palabra sobre la liberación de Ferro porque una resolución de este tipo -que no es una sentencia de segunda instancia, ni una resolución que pone fin a la acción penal- no puede llevarse a casación.

“A este tribunal no le vas a encontrar una sentencia que haga caudal de la normativa internacional, ni que considere derechos de lesa humanidad”, dijo a la diaria la directora de la Institución Nacional de Derechos Humanos, Mariana Mota, tras conocerse la liberación.

Otra causa en la que actuó el tribunal es la que investiga el homicidio del médico de San Javier Vladimir Roslik, ocurrido el 16 de abril de 1984 en el Batallón de Infantería 9.

El caso se presentó en la Justicia en 1987 y fue archivado. En 2014, la familia solicitó la reapertura de la causa al considerar que existían nuevos elementos, pero el tribunal rechazó la reapertura del caso por considerar que existía “cosa juzgada”, en referencia a una condena de la Justicia Militar contra el mayor retirado Sergio Caubarrere, que estuvo preso durante cuatro meses y 18 días. Además de la desproporción de la condena y el hecho de que fue juzgado por sus pares, el tribunal sostuvo que la condena podría haber sido impugnada, sin considerar las posibilidades fácticas de hacerlo.

En 2019, la familia de Roslik volvió a intentar la reapertura de la causa y el Tribunal de 2º turno la volvió a rechazar, por lo que la Fiscalía especializada en Delitos de Lesa Humanidad recurrió a la Suprema Corte de Justicia.

“No se efectuó una investigación seria, eficiente y en un plazo razonable para determinar quién o quiénes fueron los responsables de tan aberrante acto (…) se resolvió disponer el archivo sin agotar los medios para efectivizar una investigación con las debidas garantías”, señala el recurso de Casación que presentó la Fiscalía.

El tribunal también intervino en el caso de la desaparición de Roberto Gomensoro y rechazó la reapertura del caso, pedida por la Fiscalía en 2019, luego de que se conocieran las declaraciones de José Nino Gavazzo ante el tribunal de honor del Ejército, en las que reconoció haber sido el responsable de tirar el cuerpo del militante tupamaro al lago de la represa de Rincón del Bonete, en el río Negro, en marzo de 1973.

Ante la Justicia, Gavazzo declaró que nunca había escuchado hablar de Gomensoro, pero el tribunal consideró que no existía ningún hecho nuevo que ameritara la reapertura de la causa. Tampoco se tomó en cuenta que las declaraciones de Gavazzo ante el tribunal militar indican que la muerte ocurrió en Montevideo y no en Tacuarembó, tal como fue investigado en la Justicia.

En diálogo con la diaria el abogado Pablo Chargoñia sostuvo que más allá de las causas concretas en las que actuó el tribunal, le preocupa que “aún no adhiere al concepto de crimen de lesa humanidad, confundiéndolos con delitos ordinarios”, lo que niega el carácter de imprescriptibles e inamnistiables de esos crímenes. Chargoñia dijo que esa posición “implica un severo retroceso que supone un grave déficit en la defensa de los derechos humanos del Uruguay”.

En esa línea, recordó que la sentencia del caso Gelman está siendo supervisada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y el hecho de que exista un tribunal que rechace o niegue la definición de crímenes de lesa humanidad implica un incumplimiento de la sentencia.

“La impunidad pone en riesgo la defensa futura de los derechos humanos y por el contrario, la persecución penal, el juicio y el castigo a las graves violaciones a los derechos humanos es una manera de reforzar la protección futura de los derechos de las personas”, agregó.

Fuentes judiciales señalaron a la diaria que el tribunal tiene un criterio en su tratamiento de las excepciones de inconstitucionalidad que perjudica el avance de las causas porque suspende las actuaciones respecto a todos los indagados, cuando en el resto de los tribunales quedan suspendidas únicamente respecto al impugnante. Esa práctica habilita a que los indagados se turnen para presentar los recursos.

CULTURA DE LA IMPUNIDAD

16 de abril de 2021

Madres y Familiares de

Detenidos Desaparecidos:

“Ferro sigue impune, libre como un ciudadano más”

La Asociación Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos expresó su repudio por la decisión de un Tribunal de Apelaciones que rechazó la prisión preventiva para el coronel retirado Eduardo Ferro. “Sin desmedro de que el proceso judicial continúe, el otorgamiento de la libertad aduciendo que no se encuentra dictada una sentencia, es una clara señal de que la cultura de la impunidad se mantiene y que los torturadores siguen detentando privilegios”.

El jueves 15 de abril se conoció que el Tribunal de Apelaciones de 2° turno -integrado por los doctores Daniel Balcaldi, Daniel Tapié y Ricardo Míguez- hizo lugar al recurso que presentó la defensa del coronel retirado Eduardo Ferro, y decidió que no corresponde su prisión preventiva debido a que aún no fue procesado por la Justicia.

A raíz de ello, la Asociación Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos expresó su repudio por la decisión del Tribunal.

La organización de derechos humanos remarcó que hace 45 años que espera Justicia, y hoy Ferro “sigue impune, libre como un ciudadano más”.

“Esperamos que la Suprema Corte de Justicia se expida de forma rápida y contundente, construyendo así un camino de Justicia para que nunca más se oculten estos crímenes ni puedan ampararse sus criminales. Por Justicia, Verdad y Memoria. Nunca más Terrorismo de Estado”, manifestó Madres y Familiares.

 

 

 

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