Crímenes de la dictadura cívico militar en Mar del Plata
Lesa Humanidad: Condenan a prisión
perpetua a tres exmiembros del Ejército
5 de octubre de 2021 –
El Tribunal Oral Federal de Mar del Plata condenó a prisión perpetua a tres de los siete imputados en el juicio de lesa humanidad por los crímenes cometidos en esa ciudad balnearia. Los tres exoficiales de Inteligencia del Ejército Carlos Alberto Suárez, Rubén Enrique Miguel Fernández y Carlos Víctor Milanese fueron hallados culpables de los delitos de asociación ilícita, privación ilegal de la libertad, imposición de tormentos y homicidios cometidos durante la última dictadura militar en la órbita de la denominada Subzona Militar 15. Emilio Guillermo Nani, el cuarto imputado fue condenado a dos años de prisión, por el delito de “allanamiento ilegal de morada”, y el tribunal consideró cumplida esa pena al computar el tiempo que el acusado estuvo con prisión preventiva. Mientras que los otros tres imputados Enrique Horacio Capella, Julio Efrían Irizarri y el exoficial de Batería Juan Ramón Goicoechea fueron absueltos ya que los jueces no dieron por probada su participación en la asociación ilícita juzgada.
Un nuevo veredicto por crímenes de lesa humanidad que tuvieron lugar en Mar del Plata llegó por la tarde del lunes, luego de que el Tribunal Oral Federal de esa ciudad balnearia escuchara lo que los siete imputados tenían para decir antes de conocer la condenas que les corresponden. Los imputados Nani, Suárez, Fernández, Milanese, Irizarri, Goicoechea y Capella, todos militares retirados del Ejército –los últimos seis, integrantes de la Inteligencia de la fuerza dentro de los Grupos de Artillería de Defensa Aérea 601 y 602, y de la Agrupación ADA 601– fueron juzgados desde febrero pasado por secuestros y torturas cometidas contra un centenar de personas durante la última dictadura cívico militar. Suárez –el único de los siete que cuenta con una condena a perpetua recibida en el juicio por el primer tramo de la causa–, Fernández y Milanese, además, afrontan cargos de homicidio calificado.
El debate oral y público comenzó en febrero pasado y estuvo dirigido por los jueces Fernando Machado Pelloni, Héctor Sagretti y María Claudia Morgese Martín, que subrogan el tribunal oral federal de marplatense para este juicio en particular. El análisis, durante nueve meses, estuvo centrado en el funcionamiento del Centro de Operaciones e Inteligencia (COI) de la Subzona 15, donde estuvieron seis de los acusados y cuya estructura estuvo involucrada en las violaciones a los derechos humanos de más de 100 personas. De esos casos, una veintena recibió justicia por primera vez. Goicoechea no integró esa estructura.
En línea con el pedido realizado en los alegatos por la fiscal federal Laura Mazzaferri, los jueces consideraron de manera unánime que a los acusados Suárez, Fernández y Milanese les corresponde la pena de prisión perpetua por ser responsables como coautores de los delitos de “privación ilegítima de la libertad agravada por mediar violencia y amenazas e imposición de tormentos agravado por haberse cometido en perjuicio de perseguidos políticos, y homicidio calificado”. Mientras que la acusación de ser miembros de una asociación ilícita fue dada por probada por dos de los tres jueces y no por unanimidad como el resto de las decisiones.
Los magistrados rechazaron en tanto un cambio de calificación pedido por Mazzaferri y por los ayudantes fiscales Eugenia Montero y Julio Darmandrail durante el juicio, para que Suárez, Fernández y Milanese fueran condenados además por el delito de abuso sexual por hechos que en la instrucción del caso habían sido presentados dentro de las figuras de privación ilegítima de la libertad y aplicación de tormentos.
Para Capella, el Ministerio Público había solicitado una pena de seis años de prisión; tres para Irizarri y Goicoechea y dos para Nani. Los delitos que les atribuyeron son asociación ilícita y allanamiento ilegal. No obstante, la sentencia del tribunal absolvió a los exoficiales Capella, Irizarri y Goicoechea por considerar que no pudo acreditarse en el juicio la acusación hacia ellos tres por parte de la fiscalía, de haber formado parte de una asociación ilícita. El exteniente coronel Nani fue condenado a dos años de prisión, por el delito de “allanamiento ilegal de morada”, y el tribunal consideró cumplida esa pena al computar el tiempo que el acusado estuvo con prisión preventiva.