EL PROYECTO PARA LIBERAR A REPRESORES Y UNA «MOVIDA CIUDADANA»
Jugando a dos bandas
Mauricio Pérez
29 octubre, 2021
Unos 30 militares, policías y civiles presos por haber cometido crímenes de lesa humanidad durante la dictadura serían beneficiados en caso de que prosperara un proyecto de ley impulsado por CA, que suscita dudas en parte de la coalición de gobierno, pero tiene, a priori, el visto bueno del Ejecutivo. En consonancia, el presidente Luis Lacalle Pou recibirá a un grupo de personas que reclama por la libertad de los presos de Domingo Arena, cuya cara visible es la escritora Mercedes Vigil, pero que integran varios cabildantes.
Guido Manini Ríos en sala de senadores
La senadora Graciela Bianchi (Partido Nacional) informó a la Comisión de Constitución y Legislación de la Cámara Alta que la coalición de gobierno tenía como prioridad analizar el proyecto de ley impulsado por Cabildo Abierto (CA) para otorgar la prisión domiciliaria a todos los mayores de 65 años recluidos en las cárceles uruguayas. «El resto del orden lo podemos negociar, pero solicitamos darle prioridad al proyecto», dijo. El anuncio causó rechazo en la oposición y sorpresa en las filas del oficialismo. El senador nacionalista Jorge Gandini aseguró que el proyecto no fue analizado por su bancada y que, en principio, le suscita más dudas que certezas. En el sector Ciudadanos (Partido Colorado) también aparecen voces disonantes, por lo que el tema será analizado en los próximos días. El Partido Independiente se pronunció en contra. En las filas cabildantes, sin embargo, están dispuestos a transitar todos los caminos para lograr la aprobación del proyecto, ya que tiene el respaldo del núcleo duro de su militancia.
La prisión domiciliaria es un beneficio previsto en el Código del Proceso Penal para personas mayores de 70 años, personas con enfermedades crónicas y mujeres embarazadas o en el período de lactancia. Con esto, se permite que estas personas cumplan su pena fuera de prisión. La normativa actual excluye expresamente de este beneficio a los imputados por graves violaciones de los derechos humanos. El proyecto cabildante incorpora una disposición (artículo 235 bis) que establece una especie de libertad por gracia. Así, la Justicia deberá disponer de oficio, sin más trámite ni procedimientos ulteriores, la prisión domiciliaria de todos los mayores de 65 años. Quedarían exceptuados los imputados por delitos de violación, homicidio agravado y graves violaciones de los derechos humanos cometidas después del 25 de setiembre de 2006.1 Tampoco procedería en casos de reincidencia, reiteración o habitualidad. De esta forma, se elimina la discrecionalidad de los jueces para analizar, por ejemplo, la gravedad del delito o el eventual riesgo que corran las víctimas.
En la exposición de motivos del proyecto, esta disposición se justifica aludiendo al principio de humanidad en la situación de superpoblación del sistema carcelario, así como al «agravamiento generado por la emergencia sanitaria» de covid-19. De esta forma, se alega proteger la salud de las personas privadas de libertad, pero también la de sus familias y amigos, quienes, en su mayoría, también estarían comprendidos en la población de riesgo. Como está redactado, el proyecto supondría la liberación inmediata de unos 30 militares, policías y civiles imputados por graves violaciones de los derechos humanos, como Rodolfo Álvarez (sobrino del dictador Gregorio Álvarez), Jorge Silveira, Eduardo Ferro, Ricardo Medina, José Sande Lima, Lawrie Rodríguez, Miguel Sofía y Jorge Guldenzoph, entre otros. Hoy en día, una decena de imputados por estos delitos está en prisión domiciliaria, todos por motivos de salud.
«Esta modificación tiene una intención impunidora, porque vuelve ilusoria la finalidad de la pena», dijo a Brecha el abogado Pablo Chargoñia. A su juicio, los responsables de graves violaciones de los derechos humanos son, en su mayoría, personas añosas, por lo que el régimen de prisión preventiva «no significa una conmoción de su vida particular». Además, consideró que, de aprobarse el proyecto, Uruguay incumpliría sus obligaciones internacionales y que es una reacción al avance de los últimos años en la investigación de los crímenes de la dictadura. En efecto, desde marzo de 2020 hasta la fecha, la Justicia dispuso el procesamiento con prisión de 22 militares y policías por crímenes de la dictadura, entre ellos, Pedro Buzo, Antranig Ohanessian, Néstor Silveira, Alberto Ballestrino (h), Gustavo Mieres, Ariel Ubillos y Enrique Uyterhoeven. Recientemente, también fueron enviados a prisión los militares Ramón Larrosa (por torturas en el Batallón de Infantería de Paysandú) y Armando Méndez (por el homicidio de Gerardo Alter). La reforma también puede tener un efecto expansivo, ya que están pendientes de resolución los pedidos de procesamiento de 18 militares que nunca fueron imputados por ningún delito. Además, el fiscal Ricardo Perciballe imputó a siete personas por el crimen de Vladimir Roslik y la tortura de habitantes de San Javier (Río Negro). La audiencia de formalización de los militares Óscar Rocca, Abel Pérez, Roberto Ramírez, Dardo Ivo Morales, Sergio Caubarrere, Jorge Soloviy y el médico Eduardo Saiz será este viernes. Perciballe también solicitó la formalización de cuatro militares por la tortura de presos políticos en el Batallón de Infantería de San José.
Con este proyecto sobre la mesa, el 8 de noviembre el presidente de la república, Luis Lacalle Pou, recibirá a un grupo de personas, cuya cara visible es la escritora Mercedes Vigil, que reclama la libertad de los presos de Domingo Arena. Este grupo escribió una carta en la que afirma que en esa cárcel «hay algo más que un montón de viejos soldados»: «Allí estamos presos todos, está presa nuestra democracia». Junto con la escritora, aparecen en esta movida el abogado Fabrizio Bacigalupo y los coroneles retirados Gustavo Formento y Francisco Beneditto (suplente del diputado Eduardo Lust, aunque no integra su agrupación). Por estas horas, Lacalle Pou le dio un pequeño espaldarazo a la propuesta cabildante. Durante la celebración del centenario del Batallón de Ingenieros 14, de Laguna del Sauce (Maldonado), informó que el gobierno está estudiando la propuesta, pero que piensa que quizás el límite debería ser de 70 años: «Que quede claro: estamos estudiando. Punto y aparte. Es la primera aproximación a una visión, a priori positiva, sobre el tema».
- Fecha en la que se aprobó la ley 18.026: Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. Genocidio. Crímenes de Lesa Humanidad. Crímenes de Guerra.
Mariana Mota sobre proyecto de CA:
“Es grave” y “viene muy perfilado a la
liberación de los presos por delitos de lesa humanidad”
28 de octubre de 2021 ·
Wilder Tayler, también director de la INDDHH, opinó que no se debe dejar de considerar “el carácter de los crímenes que cometió esta gente; son los crímenes más graves que se han cometido en este país”.
El proyecto de Cabildo Abierto para otorgar prisión domiciliaria a personas privadas de libertad mayores de 65 años de edad, actualmente a estudio de la Comisión de Constitución del Senado, generó reacciones dispares en la coalición de gobierno, pero la balanza parece haberse inclinado a su favor a partir de las afirmaciones del presidente de la República, Luis Lacalle Pou, quien en rueda de prensa dijo ayer que más allá de “alguna duda” con respecto a la edad, “a priori” tiene una “visión positiva sobre el tema”.
La propuesta no fue bien recibida por algunos directores de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH), que en diálogo con la diaria manifestaron su preocupación. La abogada Mariana Mota, que en su actividad como jueza tuvo a cargo numerosos casos vinculados a delitos cometidos en la dictadura cívico-militar, consideró que el proyecto “viene muy perfilado a la liberación de los presos por delitos de lesa humanidad”. De aprobarse esta iniciativa, más de 20 represores y violadores de los derechos humanos en el período de facto se verían beneficiados por esta medida.
Por otra parte, Mota opinó que pretender que la prisión domiciliaria sea “preceptiva” para esta población sólo por razones de edad “es grave desde muchos puntos de vista; primero porque sale toda esta gente [en referencia a los presos de Domingo Arena], con los delitos graves que tienen, y la razón de sacarlos, en el caso de ellos, no tiene sentido”, analizó. Dijo que la posibilidad de otorgar prisión domiciliaria por razones humanitarias, como la salud, ya existe, y resaltó que en su propio ejercicio como jueza lo puso en práctica: “Yo lo hice y no era una rareza, porque lo hacían otros jueces. Establecerlo de forma preceptiva es como decir ‘bueno, llegaste a los 65 años, sos prácticamente impune’, porque si cometés un delito sabés que no vas a ir preso, lo cual altera mucho la función punitiva”, advirtió.
Según supo la diaria con base en fuentes del Ministerio del Interior, el capitán retirado Ramón Larrosa, procesado a principios de octubre por torturas en el Batallón de Infantería 8 de Paysandú en 1974, fue enviado a prisión domiciliaria por motivos de salud alegados por la defensa.
Asimismo, la jerarca sostuvo que “focalizando en los que están en Domingo Arena” pierde validez el argumento humanitario o sanitario que se alega en la exposición de motivos del proyecto, porque “justamente son los que no tienen hacinamiento ni malas condiciones carcelarias”, a diferencia de otras cárceles, como el ex Comcar o el penal de Libertad. “Lo que es grave es alterar la aplicación de una pena en función de la edad que tiene la persona, porque modifica todo el esquema punitivo”, insistió.
Mota opinó que si el proyecto avanza, la INDDHH, que todavía no lo incluyó en su agenda, tendría que dar su opinión.
Wilder Tayler: “Estamos hablando de los crímenes más graves que se han cometido en este país”
En la misma línea, el director de la INDDHH Wilder Tayler dijo a la diaria que no se debe dejar de considerar “el carácter de los crímenes que cometió esta gente; estamos hablando de los crímenes más graves que se han cometido en este país”, en referencia a los crímenes de lesa humanidad. Acotó que aunque la Justicia no los catalogue como tales, “lo son, y ese es otro factor a tener en cuenta en cuanto a la aplicación de medidas humanitarias”.
Coincidió con Mota en que el concepto de la medida humanitaria ya está previsto, y que es facultativo de los jueces. “Aquí lo que se quiere hacer es generalizarlo, de modo que estos individuos –algunos de los cuales han cometido los crímenes más graves– queden comprendidos, porque se lo hace preceptivo”, explicó, y agregó que “uno no puede dejar de pensar que esto está hecho para liberar a los perpetradores de estos crímenes”.
Ante la clasificación como información
reservada de las actas de un tribunal de honor
La asociación ¿Dónde están? de Francia denuncia la decisión reciente del Ministerio de la Defensa Nacional uruguayo de declarar “reservadas” y por lo tanto inaccesibles durante 15 años las actas del tribunal de honor del teniente coronel retirado Armando Méndez.
Méndez, que fue durante la dictadura miembro del OCOA (Organo Coordinador de Operaciones Antisubversivas) acaba de ser procesado con prisión por el asesinato bajo torturas del militante argentino Gerardo Alter en 1973.
La clasificación como información reservada de un documento público en Uruguay sólo está autorizada en casos excepcionales.
El Ministerio de Defensa, que tomó esa decisión luego de un pedido de acceso a la información pública de la asociación Madres y Familiares, no dio una justificación precisa como lo requiere la ley en esos casos.
Cualquiera sea el motivo del tribunal de honor que juzgó actos cometidos por Méndez como militar durante la dictadura y cualquiera sea el supuesto fundamento de la declaración de reserva actual de esas actas, esa decisión es preocupante: –
En el caso en que ciertas declaraciones de Méndez ante el tribunal de honor puedan aportar elementos útiles en el marco de su procesamiento por el asesinato de Alter o de otros crímenes, impedir el acceso a las actas es poner un obstáculo a la verdad y a la justicia. –
Si, como lo declaró finalmente el ministro de la defensa Javier García, el tribunal de honor de Méndez no estaba ligado a sus violaciones de derechos humanos sino a asuntos “comerciales”, la decisión de reserva impide conocer un aspecto importante del contexto de los crímenes de lesa humanidad cometidos por militares y civiles durante la dictadura. –
Cualquiera sea la naturaleza de los hechos juzgados por el tribunal de honor, declarar “información reservada”, de manera arbitraria, un documento público reclamado por una asociación de defensa de derechos humanos en el marco de una investigación de crímenes de lesa humanidad constituye un antecedente inaceptable y traduce una ausencia de consideración por parte del poder ejecutivo a la causa de la verdad y la justicia.
La asociación ¿Dónde están? reclama que el Ministerio de Defensa levante la medida de reserva de las actas del tribunal de Honor del teniente coronel retirado Armando Méndez, de manera que la justicia pueda acceder a una información más completa sobre la trayectoria del indagado.
Exigimos una vez más que el poder ejecutivo tome las medidas necesarias para que todos los archivos militares y policiales del período del terrorismo de estado puedan ser conocidos. Verdad, justicia y memoria.
¡Nunca más terrorismo de Estado!
París, 28 de octubre de 202