Justicia Militar: carne podrida
El 15 de abril de 1972 el Parlamento aprobó el Estado de Guerra Interno. Otorgó competencias a la denominada Justicia Militar para juzgar las acciones y conductas de todos aquellos ciudadanos que las Fuerzas Conjuntas, integradas por las tres armas y la Policía, entendieran que debían ser sometidas a la misma. Fue en el marco de la guerra desatada, en base al Decreto 566/1971 de Jorge Pacheco Areco, contra lo que se denominó “subversión”.
Esta cesión de atribuciones, exclusivas y propias del Poder Judicial, al ámbito castrense, significó una grave alteración de la realidad institucional del país, basada, hasta ese momento, en tres poderes independientes. El Poder Judicial, sin expresar siquiera inquietud, preocupación o molestia en forma pública, dejó de ser un poder del Estado para transformarse en un apéndice de segundo orden, enfocado en asuntos de menor jerarquía. Las Fuerzas Armadas, actuando ya con gran autonomía, comenzaron a ser casi un poder del Estado para la administración de justicia.
Juez Sumariante: complicidad en torturas
El reciente procesamiento del cnel ® Rodolfo Álvarez Nieto, injustamente procesado según el teniente gral. ® Raúl Mermot, llamó la atención por ser el primer militar a quien se le tipificó el delito de Torturas, a 32 años del retorno a la vida democrática. En su momento, Uruguay fue el país con la mayor cantidad de presos políticos en relación a su población. La tortura, masiva, sistemática, generalizada, tal como lo señaló Serpaj en 1989, fue la metodología deliberadamente seleccionada por las Fuerzas Armadas para gobernar, mantenerse en el poder y destruir a los opositores. Más de 6.000 uruguayos fueron formalmente condenados por los tribunales militares.
Aunque fue un notorio torturador, actuando incluso a cara descubierta durante el año 1972, el cnel ® Rodolfo Álvarez Nieto fue procesado por el Dr. Ángel Gómez, no por haber participado en ellas en el caso del denunciante Gerardo Riet, sino por haberlas avalado actuando como Juez Sumariante en el año 1980. Teniendo su sede en el Batallón de Artillería N° 1, La Paloma, concurrió al tenebroso centro clandestino de detención y torturas conocido como La Tablada a tomar testimonio al detenido. Allí, mediante amenazas, lo obligó a firmar un acta que debía resumir sus declaraciones y que él mismo había llevado ya redactada. Así funcionaba la denominada Justicia Militar. Así ocurrió en la inmensa mayoría de los testimonios de los detenidos ante dichos tribunales.
Gerardo Riet fue secuestrado en la calle. Luego de más de 40 días de permanecer desaparecido, aislado, detenido y sometido a torturas brutales que figuran en el expediente, compareció encapuchado, con signos visibles y notorios de lesiones físicas, ante el Juez Sumariante coronel ® Rodolfo Älvarez Nieto, en el mismo centro clandestino de tormentos, que lo obligó a firmar un acta auto incriminatoria confeccionada con anticipación por quienes iban a condenarlo. Sin ningún valor para siempre. Como todas las actas de los tribunales militares.
La Declaración del Estado de Guerra: un golpe a la separación de poderes
La Declaración del Estado de Guerra Interno modificó sustancialmente la institucionalidad democrática en el camino hacia el terrorismo de Estado. El Parlamento concedió facultades extraordinarias a las Fuerzas Conjuntas aumentando su innegable poder. En los hechos, de manera implícita, autorizó el uso de la tortura como metodología estatal en forma masiva, sistemática y generalizada. La represión que se ya desarrollaba desde mucho antes, se profundizó y agravó en todo el país. Privó a miles de uruguayos del legítimo derecho de ser juzgados de manera imparcial como lo establecen las normas constitucionales- Miles fueron sometidos a su jurisdicción inconstitucional, sin garantías y fueron condenados por los aberrantes tribunales castrenses.
La sentencia del juez Ángel Gómez es una condena, irrebatible, incuestionable, con todas las garantías del debido proceso, al cnel. ® Rodolfo Álvarez Nieto por su complicidad en las torturas a que fue sometido Gerardo Riet. Al mismo tiempo es un indudable cuestionamiento a la Justicia Militar cuando ella se aplicó a civiles y a militares constitucionalistas. El mismo se extiende y abarca a la propia Declaración del Estado de Guerra Interno y al sistema político que lo impulsó.
El procesamiento del cnel. ® Rodolfo Álvarez Nieto, producido a 32 años, interpela también a todo el Poder Judicial que no ha actuado al respecto hasta el momento con la firmeza y la tenacidad que corresponde. Ni siquiera el capitán ® Arsenio Lucero que reconoció haber torturado en la causa judicial por abusos sexuales ha sido procesado por dicho delito que desde los tribunales de Nuremberg y de Tokio integra la lista de crímenes de Lesa Humanidad cuando se ejecutan como en el proceso uruguayo.
La investigación y el castigo de las graves violaciones de los derechos humanos es fundamental para que ellas no vuelvan a ocurrir. La impunidad alienta siempre la repetición. No son asuntos viejos. El déficit de la Caja Militar deja claramente al descubierto que impunidad y privilegios van unidos, desde el retorno a la democracia.
Desde octubre de 2011 no existen obstáculos legales que impidan investigar y castigar. Con el auxilio del Poder Ejecutivo, mucho más diligente y comprometido, el Poder Judicial tiene que cumplir con sus obligaciones. La Suprema Corte de Justicia debe hacer su aporte inexcusable al respecto. No más dilatorias toleradas de los terroristas de Estado ni jueces abarrotados de causas imposibilitados de cumplir. No más impunidad.