la imprescriptibilidad

  Seguir pensando la imprescriptibilidad

24 • nov. • 2017 

Si se hace un mapeo de las opiniones que rondan por los medios sobre la reciente sentencia 680/2017 de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), se puede ver que en su gran mayoría fundan el rechazo a la decisión en el derecho internacional de los derechos humanos. Tal visión, hegemónica y respetable, repercute en la esfera pública porque es impulsada por prestigiosos juristas dogmáticos como Pablo Galain (quien fue consultado por la diaria sobre el asunto). Sin embargo, es posible oponerse a la decisión conservadora de la SCJ recorriendo otro camino, que podría aportar una perspectiva más amplia para delinear el problema de la imprescriptibilidad de los delitos cometidos en la dictadura.

Cuando se hace referencia a “juristas dogmáticos’’ no se usa la expresión en un sentido peyorativo, sino que se intenta caracterizar la actitud y el modo en que la mayoría de los juristas, en nuestro contexto, practican el discurso jurídico. Los dogmáticos manejan una serie de técnicas y esquemas conceptuales sofisticados que operan como un saber “puesto’’; un saber manipulable solamente por iniciados y experimentados que poseen ciertas destrezas para producir soluciones a los problemas jurídicos dentro de los límites que habilita el derecho. Suelen presentar sus argumentaciones como respuesta última dada por el propio sistema jurídico, en vez de explicitar lo mucho que ponen de sí en términos epistemológicos y políticos para construir tal o cual solución. Pretenden clausurar debates en base a la fuerza persuasiva de su autorizada y retórica voz, en vez de invitar al diálogo mostrando la complejidad de los problemas.

Este modo de hacer, vigente en los sistemas jurídicos de tradición continental-europea, si bien es muy útil para la resolución de un gran universo de casos, es poco eficaz y hasta inconscientemente problemático cuando intenta enfrentar algunos asuntos. Y la imprescriptibilidad es, sin duda, uno de ellos. Los dogmáticos intentan defender la imprescriptibilidad acudiendo a la fuerza obligatoria del derecho internacional de los derechos humanos por encima del derecho de un Estado, y para ello es suficiente con seguir sus sabias y complicadas recetas.

Por ejemplo, cuando hablan del ius cogens pretenden referir a normas de derecho internacional que no son modificables y tienen fuerza de por sí, pero poco dicen que la determinación de los contenidos y el alcance de estas depende de las interpretaciones que ellos hacen y luego recogen los tribunales de máxima jerarquía. En esta línea, esa elite que maneja el discurso técnico-jurídico y, además, ha impuesto la autoridad de su voz termina reivindicando la legitimidad para definir asuntos estrictamente políticos, colando sus posiciones en los tribunales. Pero cuando se dan fenómenos como la sentencia 680/2017, en donde no se acatan las posiciones por ellos prescriptas, entran en artificiosas e interminables rencillas que abstraen la discusión de la ciudadanía; no asumen que la SCJ tiene la última palabra para decir el derecho en el sistema jurídico uruguayo y que sus decisiones (porque el efecto simbólico a nivel social es institucional) son políticas, y tampoco que, por tal motivo, se debería discutir de qué forma se designan los ministros.

Menos aun los dogmáticos están dispuestos a debatir en términos políticos la imprescriptibilidad, ya que los sesgos de su manera de hablar el derecho se los impide. En tal sentido, las respuestas jurídicas para un conflicto político terminan siendo un obstáculo; la justificación del castigo de los horrores cometidos contra la humanidad debe asumirse en términos sinceros como una excepción a las soluciones dadas por el sistema jurídico. Es decir, se impone actuar por fuera del derecho, aunque la fragilidad o fuerza de este camino está condicionado al respaldo democrático y, como se sabe, en Uruguay dos veces la ciudadanía respaldó la ley de caducidad, en dos contextos temporales distintos (1989 y 2009) y mediante dos formas jurídicas diversas (referéndum y plebiscito). ¿Qué hacer? Esa pregunta de radical naturaleza política nos invita a volver al principio, a reiniciar los diálogos con más de tres décadas de distancia, pero de otra manera, incluyendo nuevas voces y otros espacios. Nos reabre la posibilidad democrática de generar un pacto de nunca más.

Roberto Soria | Movimiento Anti Represión.

 

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