TORTURAS
26 de junio de 2018
Adhesión de Uruguay al Día Internacional
de Naciones Unidas en Apoyo de las
Víctimas de Tortura.
Uruguay reafirmó su compromiso con el principio de que “Nadie será sometido a tortura, ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes”, en el marco del Día Internacional en Apoyo de las Víctimas de la Tortura.
Este martes 26 de junio se conmemoró el Día Internacional en Apoyo de las Víctimas de la Tortura, y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, que recuerda la entrada en vigor, en 1987, de la Convención de las Naciones Unidas sobre dicho tema.
La Cancillería emitió un comunicado a través del cual manifiesta que “aún hoy miles y miles de personas sufren actos de tortura, crueldad, inhumanos o degradantes, que afectan en mayor medida a los grupos más vulnerables”.
“Uruguay, además de contar con un sólido marco jurídico nacional, ha asumido un fuerte compromiso en los ámbitos regional e internacional, siendo parte de la iniciativa sobre la Convención contra la Tortura, tendiente a lograr la ratificación universal y la implementación de la Convención en los próximos diez años”, indica la secretaría de Estado.
En el 70ª aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos, Uruguay reafirma su compromiso con este valioso instrumento de protección y con el principio de que “Nadie será sometido a tortura, ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes”, tal como lo establece la Declaración.
INDDHH
Asimismo, la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) adhirió a la conmemoración internacional, en un nuevo aniversario de la entrada en vigor de la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
Recordó también que Uruguay ratificó este instrumento de derechos humanos en plena recuperación democrática, el 27 de diciembre de 1985.
La comunidad internacional ha afirmado y se comprometido a que ninguna circunstancia puede justificar el uso de la tortura ni tampoco la aplicación de penas o tratos crueles inhumanos o degradantes. “Los estados deben incorporar en sus legislaciones el delito de tortura, que debe estar expresamente prohibido y sancionado”.
Por ello, la INDDHH ha reiterado en su presentación por escrito para la consideración del cuarto informe periódico de Uruguay ante el Comité contra la Tortura que se realizará en el segundo semestre de 2018, la necesidad de “incorporar en la reforma del Código Penal el delito de tortura, como delito autónomo”.
La INDDHH afirma respecto del artículo 22 de la Ley Nº 18.026 sobre Cooperación con la Corte Penal Internacional: “si bien prevé que el delito de tortura se puede configurar cuando se producen actos aislados, ocasiona problemas en la interpretación judicial limitando y restringiendo su aplicación”.
De este modo, actos cometidos por agentes del Estado que ameritarían un reproche jurídico penal con la calificación de tortura conforme a los tratados internacionales ratificados por el país son calificados como delitos de lesiones, de abuso de funciones y/o de abuso de autoridad contra los detenidos. Esto se motiva en que el artículo 22 se aprobó en el marco de normas de cooperación con la Corte Penal Internacional en materia de lucha contra el genocidio, los crímenes de guerra y de lesa humanidad.
La INDDHH plantea la necesidad de evitar se produzcan estas interpretaciones jurídicas y se legisle apropiadamente a fin de evitar la impunidad de este tipo de actos.