Recomponiendo códigos
Fiscalía y Ministerio del Interior bajan las revoluciones.
Mauricio Pérez
En una semana signada por los cambios en el proceso penal y el quiebre de la bancada del Frente Amplio (FA) en la Cámara alta se produjo un hecho significativo en el actual contexto de lucha contra la inseguridad. Los máximos jerarcas de la Policía y la Fiscalía se reunieron y lograron “limar asperezas”, pero la tensión que se generó entre ambas instituciones puede aflorar en cualquier momento.
El encuentro se concretó en el piso 11 de la Torre Ejecutiva. Se dieron un apretón de manos y cada uno se sentó en el lugar asignado. Esta vez ninguno habló del cuadro que une sus desvelos y sus pasiones, el Montevideo Wanderers. Las declaraciones cruzadas entre el ministro del Interior, Eduardo Bonomi, y el fiscal de Corte, Jorge Díaz, habían generado un clima tenso, en un momento particularmente difícil de la seguridad pública, con un incremento de los niveles de violencia y criminalidad.
En los días previos, Bonomi había cuestionado el descenso en la cantidad de personas privadas de libertad. En sus críticas, el secretario de Estado apuntó contra el nuevo sistema penal y la actuación de jueces y fiscales: “No están presos los que deberían estar presos”. El subsecretario Jorge Vázquez se sumó a esta postura al decir que el aumento de los niveles de violencia se debía a un Código más benigno, para el cual la prisión dejó de ser la regla. Las valoraciones tenían como trasfondo el aumento sustancial de homicidios y rapiñas en el primer semestre de 2018, que representó un considerable golpe para la política de seguridad del gobierno.
“Zapatero, a tus zapatos”, fue la lacónica respuesta de Díaz. “En este país la única que dispone que una persona tiene que estar presa o en libertad es la justicia.” Y afirmó que los fiscales tenían “los pantalones largos hace mucho tiempo” y no necesitaban que ningún jerarca de otro organismo les dijera lo que tenían que hacer o dejar de hacer.
Por eso el encuentro entre ambos tenía un significado especial. Sin embargo, la reunión discurrió sobre un asunto más inmediato: la demolición de fincas en la Unidad Misiones, de Casavalle, más conocida como “Los Palomares”. Buena parte del encuentro, o casi todo, se centró en ese tema, como una continuidad de la reunión que tuvieron una semana antes, previo al censo que se realizó en el complejo habitacional para conocer características de la población que allí reside. Ni siquiera abordaron la inminente aprobación de los cambios al Código del Proceso Penal (Cpp).
Recién sobre el final, con el prosecretario de la Presidencia, Juan Andrés Roballo, como testigo, los jerarcas máximos de la Policía y de la Fiscalía hablaron de sus diferencias y coincidieron en la necesidad de “bajar la pelota al piso” y contribuir al debate desde el silencio. En ese diálogo se intentó dejar en claro que las diferencias son institucionales, no personales, y que existe un objetivo común que es enfrentar la inseguridad pública. Esa breve charla permitió descomprimir una situación que se había tensado desde la entrada en vigencia del nuevo Cpp. Pero las diferencias están allí, latentes, y volvieron a manifestarse con las renovadas críticas del fiscal a los cambios en el proceso penal.
EL PAREDÓN. El debate sobre las reformas al Cpp estuvo signado por las críticas de la oposición a la política de seguridad del gobierno y del Frente Amplio (algo habitual cada vez que se analizan estos temas en el recinto parlamentario), pero también por la grieta producida en la bancada del oficialismo en la Cámara alta.
El proyecto enviado por el Poder Ejecutivo establecía, entre otros aspectos, la prisión preventiva preceptiva (u obligatoria) para los casos de personas reiterantes, reincidentes o habituales imputadas por delitos graves como homicidios, rapiñas, copamientos o tráfico de drogas, entre otros. Tras un intenso debate, y las críticas de los especialistas, el texto fue modificado y derivó en la obligación de los fiscales de pedir el envío a prisión de la persona, pero mantuvo la potestad de los jueces de rechazar la medida.
No obstante, el cambio no atenuó las diferencias en la interna del FA. Cuatro senadores de los 16 del oficialismo no votaron esta modificación. Rafael Paternain (Casa Grande), Juan Castillo (Pcu), Daisy Tourné (PS) y Mónica Xavier (PS) se expresaron en contra de la reforma, por considerarla un retroceso en los avances logrados con el cambio del proceso penal. Sin embargo, estos artículos fueron aprobados con el voto de 12 senadores del oficialismo, con el Mpp y el Frente Liber Seregni como sus principales impulsores y defensores, y de toda la oposición.
Durante su intervención en sala, Paternain dijo que los cambios aprobados operan como “una contrarreforma” y que son parte “de un extraño consenso punitivo” que es muy difícil de desmontar. El sociólogo –director del Observatorio Nacional de Violencia y Criminalidad del MI al inicio de la gestión de Bonomi– afirmó que el texto aprobado tiene “la pretensión velada de seguir ingresando gente a la cárcel”, y que la decisión de votar en contra no era “un capricho”, sino que se fundaba en las opiniones contrarias al texto de los principales actores del sistema judicial, jueces, fiscales y abogados.
Paternain analizó que este cambio no solucionará los problemas de seguridad (“golpea sin demasiado impacto”) y que retorna “al viejo orden, sin necesidad”, cuando los datos sobre los niveles de formalización, divulgados por la Fiscalía, “vienen en aumento”, lo que pauta una creciente efectividad del nuevo proceso. Para fundamentar su posición, Paternain se basó en el informe de la Fiscalía, que revela un aumento sostenido de las formalizaciones en los últimos meses –aproximándose a los niveles anteriores a la entrada en vigencia del Cpp–, pero en particular una mayor efectividad en la persecución del delito de rapiña, por el sistema de priorización de la persecución penal.
En este sentido, el legislador comentó que el leitmotiv de estas propuestas es “castigar a los sectores más pobres”, y que son resultado de las políticas de segregación punitiva de la pobreza, “un camino en el que estamos embarcados desde hace tres décadas con resultados nefastos” para la sociedad. Los altos niveles de reincidencia son –en su criterio– la muestra más evidente “del fracaso de las penas de prisión preventiva”. “La gestión punitiva deja más costos que beneficios”, alertó Paternain.
En diálogo con Brecha, el senador insistió en sus críticas. La votación dividida fue un reconocimiento de las diferencias que están planteadas hace muchos años en materia de seguridad –reconoció–, que se intensificaron en los últimos meses. Y señaló que parte de esas diferencias quedaron de manifiesto cuando los integrantes de su sector, Casa Grande, se retiraron de sala para no votar la reforma al proceso penal de adolescentes, que ampliaba los plazos de prisión preventiva.
En este sentido, el legislador enfatizó que los cambios eran “una señal negativa”, porque no se prevé otra alternativa al modelo de seguridad que no sea incrementar las estrategias de vigilancia, y que uno de los efectos directos de esta medida será “el incremento en la población carcelaria”. “No estamos preparados para aumentar la población carcelaria, el sistema estructuralmente no aguanta” más presos. Sin embargo, estimó que estas diferencias puntuales no tendrán efectos en otros temas, aunque también se reproducirán en la Cámara de Representantes, donde varios sectores tienen previsto no acompañar los cambios a las medidas de prisión preventiva.
EL RETROCESO. Las modificaciones introducidas al proyecto del Poder Ejecutivo fueron recibidas con escepticismo por los operadores judiciales. Si bien la mayoría de ellos cuestionaba los artículos referidos a la prisión preventiva, se valoró que se mantenga la discrecionalidad de los jueces para su aplicación.
Sin embargo, también otros cambios fueron cuestionados. La crítica se centró en un agregado –propuesto por el senador colorado Pedro Bordaberry– que habilita a que los jueces, en caso de duda, puedan diligenciar pruebas “para mejor proveer”. Es decir, que puedan adoptar una medida para sacarse la duda de si esa persona es responsable o no del delito que le imputa la Fiscalía.
Esta potestad, fundada en las normas del proceso civil, fue duramente cuestionada por diversos actores judiciales. “Se terminó el sistema acusatorio casi sin que lo viéramos funcionar en juicio”, escribió el abogado Gabriel Valentin, profesor agregado en derecho procesal y vicepresidente del Colegio de Abogados del Uruguay, en su cuenta en la red social Twitter.
También el fiscal de Corte, Jorge Díaz, declaró su discrepancia con esta potestad que tendrán los jueces. “En caso de duda, en un sistema adversarial, lo que tiene que hacer el juez es absolver al acusado”, afirmó Díaz en el programa Todo pasa, de Océano FM. “Si coloco al juez a diligenciar prueba en caso de duda, está diligenciando pruebas para mejor condenar”, enfatizó. El jerarca afirmó que este cambio empeoró la propuesta del Poder Ejecutivo y representa “un golpe brutal al sistema acusatorio”.
Díaz afirmó que un juez que disponga diligenciar una prueba pierde imparcialidad, porque “está jugando para una parte, para la Fiscalía”. “Si hay un sistema adversarial y el juez tiene que ser imparcial, él no tiene que jugar para ningún lado. (…) De todos los que aprobó el Senado, ese es el (cambio) que más me molesta”, declaró Díaz, pero señaló que en un sistema democrático la única institución que tiene legitimidad para modificar leyes es el Parlamento.
OTRA COMISIÓN. Uno de los aditivos incorporados al paquete de reformas del Cpp implica la creación de una comisión para el seguimiento de la implementación del Sistema Procesal Penal. Se trata de una comisión de carácter “permanente y consultivo” que estará integrada por el ministro del Interior, un ministro de la Suprema Corte de Justicia y el fiscal de Corte, y que tendrá entre sus objetivos la presentación de un informe semestral sobre la marcha del nuevo Cpp.
La propuesta apunta a reinstalar, esta vez por vía legal, el ámbito de la Comisión de Seguimiento del nuevo proceso, conformada por el Poder Judicial, el MI y la Fiscalía, que trabajó intensamente antes de la entrada en vigencia del nuevo Código y que desde hacía meses no se estaba reuniendo. La idea surgió entre los legisladores y fue informada a los representantes de estos organismos por teléfono, días antes de su aprobación.
Si bien la Comisión de Seguimiento dejó de operar, las reuniones entre representantes de los tres organismos son habituales, aunque en forma bilateral, dijeron fuentes judiciales a Brecha. Por ejemplo, el intercambio entre la Fiscalía y el Ministerio del Interior “nunca estuvo cortado”, ya que existen diversos equipos de trabajo para mejorar la operatividad entre ambas instituciones. Incluso varios jerarcas integran grupos de Whatsapp con los cuales mantienen contacto permanente en procura de solucionar los defectos en los sistemas de interoperabilidad, que tras algunas falencias iniciales “hoy están funcionando bien”. En todo caso, se esperan nuevos episodios en un asunto muy atravesado por la competencia política, que será más encarnizada a medida que se acerque 2019.
Poderoso caballero
Las diferencias institucionales entre la Fiscalía y el MI se suscitaron en un contexto en el que la primera reclama un incremento presupuestal para enfrentar el aumento de trabajo generado por la aplicación del nuevo Cpp. En efecto, la Fiscalía solicitó un incremento presupuestal de unos 300 millones de pesos para solventar la creación de cargos de fiscales penales y poder así atender la demanda del servicio, y de otros 300 millones de pesos para implementar la ley de violencia hacia las mujeres basada en género.
Pero la propuesta del Ejecutivo es bastante menor: unos 65 millones de pesos. En este marco, el gobierno dispuso fondos para la creación de 41 cargos de abogados, que se integrarán a las oficinas de los fiscales para tareas de asesoramiento técnico y tendrán la potestad de litigar en los juicios. Al igual que sucede con los fiscales, estos cargos serán incompatibles con el ejercicio liberal de la profesión.
Además se crearán otros puestos técnicos y se podrán transformar las fiscalías especializadas en violencia doméstica en fiscalías penales de delitos sexuales y violencia de género. Esto permitirá aliviar el trabajo de los fiscales penales, e incluso se creará una nueva Fiscalía de Homicidios y de Delitos Económicos y Complejos. Sin embargo, esta propuesta no contempla las aspiraciones de la Fiscalía, por lo que se concurrirá al Parlamento a pelear por mayores recursos, afirmaron a Brecha fuentes de ese organismo.
La prisión preventiva en Uruguay
El destino inexorable
El riesgo “real y efectivo” de que una persona reincida en su accionar delictivo, y que su libertad represente un riesgo para la sociedad, son motivos suficientes para disponer su envío a prisión. Así lo afirmó el Tribunal de Apelaciones en lo Penal (Tap) de Primer Turno en un reciente fallo que empieza a sentar las bases de la jurisprudencia sobre el uso de la prisión preventiva en Uruguay.
La historia tiene su origen en febrero. Un hombre estacionó su moto en la vereda, frente a su casa, con tranca y sin llave. Entró unos minutos, y al salir se dio cuenta de que se la habían robado. Llamó al 911 y realizó la denuncia. Con los datos del vehículo y la matrícula, efectivos policiales localizaron la moto y detuvieron al conductor, un hombre de 33 años, con 11 antecedentes penales por delitos contra la propiedad, que semanas antes había salido de prisión.
La Fiscalía formalizó la imputación y pidió su envío a prisión. Pero el juez de Atlántida, Marcos Seijas, no estuvo de acuerdo. El magistrado valoró que el nuevo Cpp establece la prisión preventiva como una medida excepcional. Y señaló que admitir que ciertas categorías de personas –como los reincidentes– deben inexorablemente ser enviados a prisión contraría la Constitución de la República y los tratados internacionales en materia de derechos humanos. Por eso aplicó una medida alternativa: presentarse en la seccional correspondiente a su domicilio los sábados y domingos de 20 a 22 horas durante 120 días.
La Fiscalía cuestionó estos argumentos y apeló la decisión. Y obtuvo un fallo favorable. El Tap, por unanimidad, revocó la decisión del juez y ordenó que el hombre fuera detenido y enviado a prisión durante 120 días. La sala coincidió en que la regla del nuevo sistema penal es la permanencia en libertad del imputado, por lo que decretar y mantener una medida de prisión preventiva debe sustentarse en razones de peso.
En principio, esa justificación puede cimentarse en un riesgo efectivo de evasión o fuga del imputado, o en que su permanencia en libertad obstaculice el desarrollo del proceso penal. “No obstante, es generalmente admitido que la medida cautelar de privación de libertad durante el proceso puede estar basada en algún riesgo para la víctima o la sociedad”, expresó la sala, según el fallo al que accedió Brecha.
Citando a diversos autores se afirma que la hipótesis de “peligro para la seguridad de la sociedad” se ha incorporado y extendido en los sistemas adversariales –como el vigente en Uruguay–, y que el peligro de reiteración de las conductas delictivas o la “alarma pública” son hipótesis válidas para enviar a una persona a prisión. “En nuestro renovado sistema procesal, esa cláusula comprende sin lugar a dudas el peligro de reiteración delictivo, al que la calidad de reincidente sólo contribuye a presumir”, expresó la sala.
Este fallo fue dictado días antes de la Feria Judicial Menor y de que el Parlamento aprobara un paquete de reformas al Cpp que incluye la obligación de los fiscales de solicitar la prisión preventiva de una persona cuando ésta tenga la calidad de reincidente. En este sentido, este fallo revela que los cambios promovidos por el sistema político son innecesarios, ya que con las disposiciones vigentes las personas con profusos antecedentes ya pueden ser enviadas a prisión con medidas cautelares.