DDHH
19 de junio de 2019
Jueza anula sobreseimiento de Gavazzo
y reabre investigación por muerte
de Gomensoro
La jueza penal de Paso de los Toros, Naama Coccaro, anuló el sobreseimiento y reabrió la causa que involucra al militar retirado José Nino Gavazzo en la muerte de Roberto Gomensoro, ocurrida meses antes del golpe de Estado de 1973.
En abril pasado, el fiscal especializado en Crímenes de Lesa Humanidad, Ricardo Perciballe, había solicitado a la jueza Coccaro, reabrir el caso de Gomensoro.
Sin embargo, la magistrada no accedió a la solicitud, aunque sí requirió la ampliación de los fundamentos.
A raíz de ello, Perciaballe presentó en tiempo y forma un escrito a través del cual planteó que la causa debía abrirse porque el Estado tiene la “obligación de aclarar la resolución de los delitos, y porque hay un derecho de las víctimas a la verdad y la tutela judicial efectiva”.
La investigación se había realizado a raíz de que la muerte de Gomensoro ocurrió en Tacuarembó, pero fue en Artillería Nº 1, en Montevideo, por lo cual “pudo haber sido el responsable Gavazzo y diez personas más”, dijo en su momento Perciaballe.
El pasado 21 de mayo se conoció que la jueza reabriría la causa sobre la muerte de Gomensoro.
Mientras que este 19 de junio El Observador informó que la magistrada anuló el sobreseimiento (suspensión del proceso por falta de pruebas) de Gavazzo y reabrió la causa.
De acuerdo al dictamen de Coccaro, “el nuevo paradigma en derechos humanos que impregna el sistema procesal penal uruguayo y la aparición de nuevos hechos obligan a considerar que el sobreseimiento dispuesto respecto a Gavazzo carece de valor jurídico y debe así declararse, dejándose sin efecto la providencia dictada, reabriéndose la causa con el fin de contribuir a la investigación”.
Por su parte, Perciaballe, quien se manifestó conforme con la decisión de la magistrada, dijo que la sentencia “es muy fundada, con mucha argumentación jurídica y normativa internacional”.
El caso Gomensoro
Roberto Gomensoro integró el Movimiento de Liberación Nacional y fue asesinado en marzo de 1973 (previo a la dictadura militar), luego de ser torturado en el Grupo de Artillería Nº 1 de La Paloma, Montevideo, y posteriormente su cuerpo arrojado a las aguas del río Negro, en la represa de Rincón del Bonete, proceso en el que habría participado Gavazzo, según surge de las actas del Tribunal de Honor militar que indagó al ex militar.
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Jueza reabrió causa contra
Gavazzo por caso Gomensoro
21 de junio de 2019
La decisión se apoya en el derecho internacional y habilita a Fiscalía a retomar la investigación.
La jueza de segundo turno de Paso de los Toros, Naama Cóccaro, reabrió la causa contra José Gavazzo en la que se lo vincula como responsable por la muerte del militante tupamaro Roberto Gomensoro en 1973. El caso había sido sobreseído en 2013, pero la magistrada evaluó que los delitos de lesa humanidad cometidos durante la dictadura cívico-militar no prescriben, porque fueron cometidos antes de que se aprobara la ley de caducidad. Esta postura fue respaldada por cuatro de los cinco ministros de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), argumentando que la norma “significó un claro obstáculo insuperable”, dificultando la acción penal por parte de la Fiscalía.
Para la reapertura del caso, el fiscal Ricardo Perciballe, especializado en crímenes de lesa humanidad, sostuvo que de las últimas declaraciones de José Gavazzo surgieron hechos nuevos relacionados con la causa. De esta manera, solicitó su desarchivo y dio luz verde al Ministerio de Defensa Nacional para remitir a la Fiscalía las declaraciones de todas las declaraciones realizadas ante el Tribunal de Honor del Ejército.
En la sentencia judicial, a la que accedió la diaria, se deja constancia de la muerte de Gomensoro, cuyo cuerpo fue encontrado en el lago de Rincón del Bonete, cercano al Campo Militar Nº 3, en Paso de los Toros. Asimismo, en la sentencia se relata que en la madrugada del 12 de marzo de 1973 el cuerpo de Gomensoro fue lanzado al agua desde un vehículo militar, luego de ser secuestrado, interrogado y torturado.
El pedido de la jueza de desarchivar el caso también se apoya en que en Uruguay, durante la dictadura cívico-militar, ya se reconocían “normas de derecho internacional de fuente mixta (consuetudinaria y convencional), que establecían como crímenes de lesa humanidad la desaparición forzada, la tortura, las agresiones sexuales a personas privadas de libertad y el homicidio político perpetuado desde el Estado”. “Se trata de graves violaciones a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario que ofenden la conciencia y el derecho de toda la humanidad. Su persecución y juzgamiento interesa a toda la comunidad de naciones”, se detalla en la sentencia. En este sentido, la magistrada afirma que “se ha recurrido, y se debe recurrir, a los instrumentos internacionales para la eficaz protección de los derechos en el ámbito interno”.