Procesamientos por “operación Morgan”

  Fiscal pidió procesamiento de

militares por Operación Morgan

10 de mayo de 2018  

La causa abarca muertes por tortura y desapariciones.

El fiscal Ricardo Perciballe, especializado en delitos de lesa humanidad, solicitó el procesamiento con prisión de tres militares retirados indagados en la causa caratulada “Albacete, Daniel y otros”, que investiga a los responsables de la llamada Operación Morgan, desplegada desde octubre de 1975 por el Órgano Coordinador de Operaciones Antisubversivas (OCOA), que dependía de la División de Ejército I, contra militantes del Partido Comunista y de la Unión de la Juventud Comunista. Esta causa abarca una docena de muertes por tortura o sus secuelas, nueve desapariciones y decenas de detenciones clandestinas, pero hay otras causas vinculadas con la operación. Uno de los cometidos de la nueva fiscalía especializada es, justamente, el de unificar causas que estén relacionadas entre sí.

En tanto, ayer la Cámara de Representantes dio sanción definitiva al proyecto de ley caratulado “Sitios de memoria histórica del pasado reciente”, una iniciativa para la ubicación y el señalamiento público de lugares donde hubo víctimas del terrorismo de Estado o acciones represivas ilegítimas del Estado desde el 13 de junio de 1968 hasta el 27 de junio de 1973, en una línea de trabajo que ya se ha aplicado en varios casos y que ahora se formaliza por ley. La norma crea una Comisión Nacional Honoraria de Sitios de Memoria, que dependerá de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo.

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Luego del testimonio de 92 detenidos sometidos a

torturas, se pidió la acción penal contra Silveira,

Gavazzo y Ramas.

El fiscal de Derechos Humanos Ricardo Perciballe solicitó el procesamiento de tres militares retirados por la “Operación Morgan”. Esta fue desarrollada en la última dictadura militar, entre octubre de 1975 y junio de 1976, contra militantes del Partido Comunista y la Unión de Juventudes Comunistas.

En su dictamen, Perciballe pidió el procesamiento de Jorge Silveira, José Gavazzo y Ernesto Ramas por abuso de autoridad -aplicación de torturas- y privación de libertad. Al primero de los tres también se le imputó atentado violento al pudor ya que “por lo menos en tres ocasiones abusó sexualmente de sus detenidas”.

En el dictamen se incluye el testimonio de 92 personas sometidas a brutales apremios físicos, incluyendo plantones, colgamentos, picana, aplicación de “submarino” seco y, en algunos casos de mujeres detenidas, manoseos y violaciones.

Los tres actualmente ya fueron condenados por violaciones a los derechos humanos. Silveira está preso en Domingo Arena, mientras que Gavazzo y Ramas cumplen reclusión domiciliaria.

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  Gavazzo, Ramas y “Pajarito” Silveira

Fiscal pide el procesamiento

 

de tres militares acusados de torturas

11.05.2018

MONTEVIDEO (Uypress) – El Dr. Ricardo Perciballe, que ejerce la titularidad de la recientemente creada Fiscalía Especializada en Derechos Humanos, solicitó el procesamiento de los militares Gavazzo, Silveira y Ramas, involucrados en la denominada “Operación Morgan”, dirigida contra el Partido y la Juventud Comunista en 1975 y 1976.

 

El fiscal Perciballe pidió el procesamiento de los ex militares José Nino Gavazzo, Ernesto Ramas y José “Pajarito” Silveira por su participación en la denominada “Operación Morgan”, destinada a la represión de militantes del Partido Comunista y la Unión de la Juventud Comunista (UJC) entre 1975 y 1976.

Este jueves la Fiscalía General de la Nación dio a conocer el dictamen de Perciballe, en el que se imputa a los militares por los delitos de “abuso a la autoridad” y “privación de libertad” ejercida contra 91 militantes tanto del PCU y la UJC como del Movimiento de Liberación Nacional (MLN).

Según el dictamen de Perciballe, las acciones imputadas a los tres represores se encuadran en lo que establece el delito de “tortura”, que “al momento en que acaecieron los hechos denunciados, dicha figura penal no existía en nuestro ordenamiento jurídico”. Es por eso y “en razón de ello y del Principio de Legalidad reconocido constitucionalmente, se basará en su reclamo con las normas existentes en los años 1972 a 1976”, explica.

Tanto Gavazzo como Ramas se encuentran cumpliendo prisión domiciliaria por otras causas relacionadas con la dictadura. Silveira, en tanto, está en prisión en la cárcel de Domingo Arena.

El grupo mayor de denunciantes alcanzado por el “Operativo Morgan”, según se establece en el escrito del Fiscal, fue llevado a diversos centros clandestinos de detención ubicados en distintos lugares. Entre ellos, la casa de Punta Gorda (o “Infierno chico”) ubicada en Rambla República de México 5515, que perteneciera al M.L.N. Tupamaros, la “Cárcel de Pueblo” que perteneciera al M.L.N. Tupamaros ubicada en la calle Juan Paullier 1192 y  el “300 Carlos” o “Infierno Grande” que eran unos galpones pertenecientes al Servicio de Material y Armamentos (S.M.A.) ubicados a los fondos del Batallón de Infantería Nº 13, ubicado en Av. De las Instrucciones Nº 1925.

También fueron utilizadas las dependencias del ex Hotel “La Tablada” ubicado en Camino Melilla y Camino de las Tropas (actual Camino de la Redención). Finalmente un grupo menor de víctimas fueron llevadas a la Prefectura Nacional Naval y/o Fusileros Navales (FUSNA), así como otros denunciantes fueron detenidos y sometidos a tormentos en distintos cuarteles del interior del país, así como en dependencias de la DNII.

Dice Perciballe que “de lo que ha sido reseñado supra, no cabe ninguna duda que los hechos descriptos se encuadran diáfanamente en la figura prevista en el art. 22 de la Ley 18.026 ‘El que de cualquier manera y por cualquier motivo, siendo agente del Estado o sin serlo contando con la autorización, apoyo o aquiescencia de uno o más agentes del Estado impusiere cualquier forma de tortura a una persona privada de libertad o bajo su custodia o control o a una persona que comparezca ante la autoridad en calidad de testigo, perito o similar, será castigado con veinte meses de prisión a ocho años de penitenciaría. Se entenderá por “tortura”: A) Todo acto por el cual se inflija dolores o sufrimientos graves, físicos, mentales o morales. B) El sometimiento a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. C) Todo acto tendiente a anular la personalidad o disminuir la capacidad física o mental aunque no cause dolor ni angustia física o cualquier acto de los previstos en el artículo 291 del código penal realizado con fines indagatorios, de castigo o intimidació'””

De acuerdo a lo planteado “existen elementos de convicción suficientes para sostener prima facie que”:

Jorge “Pajarito” Silveira “se encuentra incurso en un delito continuado de abuso de autoridad contra los detenidos, un delito continuado de privación de libertad y estos en reiteración real con tres delitos de atentado violento al pudor (arts. 54, 58, 60, 273, 281 y 286 del C. Penal). Habida cuenta que en reiteradas ocasiones y como acciones ejecutivas de una única resolución criminal privó de su libertad y sometió a los detenidos a diversos apremios físicos no permitidos por las leyes, la constitución ni los reglamentos. De igual forma por lo menos en tres ocasiones abusó sexualmente de sus detenidas conforme a lo relatado por alguna de sus víctimas”.

 

 

 

 

José “Nino” Gavazzo “al igual que el anterior, se encuentra incurso en un delito continuado de abuso de autoridad contra los detenidos, y un delito continuado de privación

 

 

Ernesto Ramas “se encuentra incurso en tres delitos de abuso de autoridad contra los detenidos y tres delitos de privación de libertad. Habida cuenta que en tres oportunidades es reconocido por sus víctimas como partícipe de sus tormentos y aún de su detención. (arts. 54, 60, 281 y 286 del C. Penal)”.

Acceda aquí al dictamen completo del fiscal Perciballe

(Según informó la Fiscalía, algunos pasajes del texto se mantienen en reserva ya que las investigaciones continúan.)

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  Fiscal solicita procesamiento de

Gavazzo, Silveira y Ramas

Por torturas a decenas de presos políticos entre 1972 y 197

 

12 de mayo de 2018

 

El Fiscal Especializado en Crímenes de Lesa Humanidad, Ricardo Perciballe, solicitó el procesamiento con prisión de José “Nino” Gavazzo, Jorge “Pajarito” Silveira y Ernesto Ramas por el delito de torturas a decenas de presos políticos entre 1972 y 1976.

Los tres delincuentes son procesados por abuso de funciones contra los detenidos y privación de libertad, en reiteración real ambos delitos. En el caso de Silveira se suma atentado violento al pudor.

El abogado de Ielsur Martín Fernández -organización que defiende a las víctimas- dijo a Informe nacional que espera que la denuncia “avance contra todos los denunciados”, a la vez que recordó lo complejo y dificultoso de este procedimiento que se presentó en 2011 e involucra a cerca de 90 denunciantes.

Escuchar el reportaje

 

 

 

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