Actitud del gobierno español, niegan extradición de criminal uruguayo

España rechazó extradición del

uruguayo Fleming Gallo, acusado de

torturas durante la dictadura

2 de marzo del 2022

Fleming Gallo torturador

Gallo había sido militante de la Unión de la Juventud Comunista y es investigado en varias causas por violaciones a los derechos humanos.

La Justicia española rechazó la extradición del uruguayo Fleming Gallo, acusado de torturas y delitos de lesa humanidad contra militantes uruguayos durante la última dictadura.

De esta forma, la Justicia española respaldó la posición dada por la fiscalía de ese país a fines de noviembre, durante la audiencia de extradición, en la que Gallo se declaró inocente alegando que estaba preso cuando fueron cometidos los crímenes por los que se lo acusa. Además, la fiscalía planteó que la extradición no debería concretarse porque el delito de torturas por el que es acusado Gallo prescribió, según la ley española. En cuanto al delito de lesa humanidad, la fiscalía planteó que está reconocido en España desde 2004, por lo que entiende que no puede aplicarse retroactivamente. Esto implica un no reconocimiento de la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad, tal como ocurre con la mayoría de los tribunales penales de nuestro país.

En los últimos días de febrero, la decisión de la Justicia fue notificada al fiscal especializado en Crímenes de Lesa Humanidad, Ricardo Perciballe, según informó TV Ciudad y confirmó la diaria. Ahora la defensa de Gallo analiza demandar al Estado uruguayo por el tiempo en que estuvo en prisión preventiva esperando el proceso de extradición. Gallo fue detenido en abril de 2021 en la región de Huesca, en el noreste de España.

Gallo es investigado en Uruguay en la causa sobre torturas en el centro clandestino de detención del Cuerpo de Fusileros Navales (Fusna) entre 1972 y 1985, que lleva adelante el fiscal Gilberto Rodríguez debido a que Perciballe se excusó por conocer a una de las víctimas. La causa también fue ofrecida al fiscal Luis Pacheco y a Ricardo Chiecchi, que también se excusaron.

Unas 50 personas, en su mayoría militantes del Movimiento de Liberación Nacional-Tupamaros y del Grupo de Acción Unificadora, denunciaron haber sido víctimas de tortura en el cuerpo de Fusileros Navales. El excomandante en jefe de la Armada Juan Fernández Maggio reconoció tener, en la sede del Fusna, la función de “mediante investigación propia o datos que se le pasaban, hacer allanamientos, detener, investigar e interrogar a personas vinculadas a la sedición”.

Concretamente, Gallo es acusado de haber operado en la oficina del Fusna conocida como La Computadora, comandada por Juan Carlos Larcebeau, ya fallecido, y el capitán de navío Jorge Tróccoli, recientemente condenado por la Justicia italiana en la causa Plan Cóndor. En La Computadora, que funcionaba en el primer piso del hangar 3 del Fusna, en el puerto de Montevideo, se encargaba de procesar información proveniente de torturas sobre militantes y organizaciones de izquierda.

Gallo, exmilitante de la Unión de la Juventud Comunista (UJC), fue detenido en 1976 como parte de la Operación Morgan, dirigida contra el Partido Comunista. Desde ese momento comenzó a colaborar con la dictadura y ha sido reconocido por varias víctimas del terrorismo de Estado como uno de sus torturadores.

En la sentencia de condena de Gregorio Álvarez y Larcebeau por el homicidio de unas 30 personas, dictada en 2009 por el entonces juez penal Luis Charles, el magistrado describe el funcionamiento de la Computadora y la participación de Gallo y de otro exmiembro de la UJC, Roberto Patrone.

“Dentro de la estructura del S2 del Fusna funcionó lo que se llamó ‘la Computadora’, donde se procesaba la información obtenida en los operativos cumplidos así como en los interrogatorios practicados a detenidos. En la misma participaron activamente los detenidos Fleming Julio Gallo Sconamiglio y Roberto Patrone Belderrain, los que ordenaban la información, confeccionaban fichas de cada detenido o requerido, mecanografiaban y también interrogaban y salían al exterior a colaborar en procedimientos”, señala la sentencia.

El documento sostiene que tanto Gallo como Patrone tenían “cierta autonomía para manejarse y sometían tanto a hombres como a mujeres detenidos a tratos degradantes”, y advierte que si bien otros detenidos también ingresaron a esa oficina por algún período de tiempo, no tenían “las facultades y prerrogativas de Gallo y Patrone”. Además, plantea que los otros militantes conducidos a la oficina de inteligencia de la Armada luego recibieron el mismo tratamiento que el resto de los detenidos, fueron procesados y enviados a centros de reclusión, mientras que Gallo y Patrone “no fueron procesados ni figuran en los listados de presos”. Si bien está registrado su ingreso como detenidos al Fusna, no hay registros de su liberación.

Gallo también es investigado por otras dos causas vinculadas al Fusna y por la que investiga la Operación Morgan, las tres abiertas en 2011.

 

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