Los asesinatos de Michelini y Gutiérrez Ruiz
Una causa con doble frontera
Por Samuel Blixen (“Brecha”)
Juan Carlos Blanco y Juan María Bordaberry serán interrogados por los asesinatos de Michelini y Gutiérrez Ruiz, en Uruguay y en Argentina. Ambos juegan con los plazos legales y apuestan a la prescripción de los delitos, el 1 de marzo de 2005.
Mientras el juez federal argentino Rodolfo Canicoba Corral elaboraba el calendario de interrogatorios de testigos con que iniciará las actuaciones por los asesinatos de Zelmar Michelini, Héctor Gutiérrez Ruiz, Rosario Barredo y William Whitelaw, en Montevideo el juez penal Roberto Timbal definía al cierre de esta edición las fechas de las citaciones del ex presidente Juan María Bordaberry y del ex canciller Juan Carlos Blanco, para determinar el grado de responsabilidad de ambos en los episodios ocurridos en Buenos Aires en mayo de 1976.
La comparecencia de los dos máximos exponentes civiles de la dictadura había sido solicitada por la fiscal Mirtha Guianze como derivación de las indagaciones reabiertas a instancias del entonces fiscal de Corte Óscar Peri Valdez.
El caso Michelini-Gutiérrez Ruiz había sido archivado por la justicia por resolución del entonces presidente Julio María Sanguinetti, quien lo consideró incluido en los beneficios de la ley de caducidad. Sugestivamente, el primer proyecto de ley de caducidad -elaborado por el Partido Colorado cuando una mayoría parlamentaria decidió ceder ante la “lógica de los hechos” impuesta por los militares indagados por delitos de lesa humanidad- excluía expresamente de los beneficios de la ley a los responsables de los asesinatos de Michelini y Gutiérrez Ruiz.
En el curso del acalorado debate de dos días en el Senado, en diciembre de 1986, el artículo referido a la exclusión de ese caso desapareció como por arte de magia del texto finalmente aprobado: cuando un senador del Frente Amplio preguntó qué había pasado con esa disposición, un prestigioso senador herrerista explicó que estaba sobrentendido que los asesinatos de Michelini y Gutiérrez Ruiz no habían sido episodios cometidos -como dice la ley- por militares y policías en actividad, en cumplimiento de órdenes superiores, de ahí que fuera redundante excluirlo expresamente. La posterior decisión de Sanguinetti reveló que lo evidente no era tanto.
La causa fue reabierta a raíz de las declaraciones del ex senador blanco Alberto Zumarán sobre una supuesta votación en una reunión de Bordaberry y los mandos militares para decidir sobre la suerte de los dos legisladores secuestrados en Buenos Aires. La decisión, aprobada por mayoría, fue dada a conocer por uno de los participantes, que habría votado en contra, al entonces obispo de Montevideo, monseñor Carlos Partelli, quien a su vez lo comentó con Zumarán; detalles de ese episodio fueron aportados por Zumarán y Partelli a la comisión investigadora del Parlamento que investigó los asesinatos.
LA CAUSA ARGENTINA
El reinicio de las actuaciones judiciales a cargo del juez Timbal coincidió con la apertura en Buenos Aires de una pieza especial sobre Michelini y Gutiérrez Ruiz en la megacausa sobre el Plan Cóndor, que instruye el juez Canicoba Corral. La denuncia en el juzgado federal fue formulada por los familiares de los legisladores asesinados coincidiendo con una manifestación pública del presidente argentino Néstor Kirchner, quien comprometió el esfuerzo del gobierno argentino en su colaboración con la justicia para esclarecer los asesinatos de los legisladores uruguayos.
Poco después se incorporaba al expediente un documento de la Dirección de Migraciones argentina sobre los pedidos uruguayos para la expulsión de Michelini y Gutiérrez Ruiz del territorio argentino y la suspensión del estatuto de refugiados de que gozaban. Otros documentos aportados al juzgado argentino se refieren a los seguimientos que la policía efectuaba sobre los dos refugiados, también a solicitud de Uruguay. Como se sabe, la cancillería uruguaya había comunicado al gobierno argentino de la época que habían sido cancelados los pasaportes de Michelini, Gutiérrez Ruiz y Wilson Ferreira.
Según el testimonio del ex presidente argentino Raúl Alfonsín, el ministro del Interior de la dictadura de Videla, el general Albano Harguindeguy, tenía en su escritorio un expediente aportado por el gobierno uruguayo en el que Michelini y Gutiérrez Ruiz eran calificados de “sediciosos” por pertenecer a “organizaciones terroristas”; ese expediente aún no ha sido localizado, pero será un punto clave del testimonio que aportará Alfonsín cuando sea citado en calidad de testigo.
La lista de testigos es larga y comprende a varios jerarcas de la pasada dictadura argentina, entre ellos los de la cancillería de la época y los jefes de Migración. También serán citados el ex jefe de la oficina de asuntos extranjeros del Ministerio del Interior y el general Martín Balza, ex comandante del Ejército, quien en una reunión con el senador Rafael Michelini dijo tener indicios de que el asesinato de Zelmar fue digitado por el gobierno uruguayo.
Entre los ciudadanos uruguayos que pretende citar Canicoba, se menciona a Zumarán, a Gustavo Magariños, ex embajador en Buenos Aires, y al ex presidente Sanguinetti, para que explique por qué incluyó los asesinatos de Buenos Aires en la ley de caducidad. Se informó en Buenos Aires que si Sanguinetti no concurre voluntariamente como testigo, será reclamado por exhorto. En la lista también aparecen Blanco y Bordaberry, y los notorios militares uruguayos que participaron en la operación Cóndor: el ex jefe del Estado Mayor Conjunto José Cardozo, y los oficiales retirados José Nino Gavazzo, Manuel Cordero, Jorge Silveira y Ricardo Medina.
Al respecto, el ministro de Defensa, Yamandú Fau, formuló una de sus elípticas declaraciones: dijo que, naturalmente, la ley de caducidad no abarca a los episodios ocurridos en Argentina, pero “comprende la circunstancia en que pueda solicitarse la presencia de personas que estuvieran involucradas o no en esos hechos”. No importa la lógica interna de la frase: Fau está adelantando que si un juez argentino reclama la extradición de algún militar uruguayo por esos asesinatos, se negará el pedido. Además, el ministro declaró que “nunca llegó a probarse la participación directa de uruguayos en esos crímenes”. Tiene razón Fau; y porque no se pudo probar, porque no hubo colaboración de los ministerios, el entonces diputado frenteamplista Yamandú Fau, que integraba la comisión investigadora, formuló durísimas acusaciones contra el gobierno de Sanguinetti.
En esa postura del ministro radica la dificultad que la sede judicial tiene para tomar conocimiento de documentación que estima vital. La fiscal Guianze solicitó, entre otras cosas, la nómina de los integrantes del Cosena y de otros órganos cívico-militares, para avanzar en la identificación de la supuesta reunión en la que por mayoría se decidió la muerte de Zelmar y el Toba. La fiscal ha reiterado el pedido al Ministerio de Defensa, ante lo cual el ministro Fau afirmó que la magistrada está “confundida”, porque su secretaría de Estado “respondió todos los oficios que se le cursaron referentes al asesinato de Zelmar Michelini y Héctor Gutiérrez”.
Las citaciones a Bordaberry y a Blanco significarán un impulso de las actuaciones por unos crímenes que, en principio, prescriben el 1 de marzo de 2005. Esa prescripción sería particularmente beneficiosa para Blanco, que ya soporta un proceso por la desaparición de Elena Quinteros. Blanco prefirió confesarse autor de un delito más grave (homicidio en lugar de secuestro) pensando en la prescripción.
Pero quizás el ex canciller y el ex presidente no las tengan todas consigo: una norma del Código Penal establece que los plazos para la prescripción se pueden prolongar hasta un tercio más, cuando se trata de crímenes especialmente agravados.
Un dictador cercado
Juan María Bordaberry, ex presidente, ex dictador, se enfrenta a su Stalingrado. La referencia es por comparación: en Stalingrado la quedó Adolfo Hitler; Bordaberry es un admirador de Hitler; y también la va a quedar.
Esa parecería ser una certeza. Hay una duda sobre cuál de las tres causas penales que lo requieren encierra su final; es posible que en las tres, a saber:
- La denuncia formulada en la sede del juez Rolando Vomero, por el asesinato del periodista Luis Martirena y su esposa Ivette Jiménez, ocurrida el 14 de abril de 1972, es decir, antes del golpe de Estado, fecha que toma la ley de caducidad para extender la impunidad sobre militares y policías. Martirena y su esposa fueron acribillados por el destacamento policial bajo las órdenes del inspector Hugo Campos Hermida, hoy fallecido.
- La denuncia radicada en la sede del juez Roberto Timbal, donde Bordaberry es indagado por su responsabilidad en los asesinatos de Zelmar Michelini y Héctor Gutiérrez Ruiz .
- Y la denuncia finalmente radicada en la sede de la jueza Fanny Canessa, donde Bordaberry es acusado de atentar contra la Constitución.
Esta última causa, que viene prolongándose debido a jueces que declinan una vez que la Suprema Corte confirma la validez de la acusación, debería ser, en principio, la de más rápida definición. En junio de 1973 el entonces presidente Bordaberry firmó el decreto disolviendo el Parlamento. Hubiera podido tener una coartada legal, el llamado a elecciones parlamentarias, que lo ponía a salvo de la violación de la Constitución y el delito de atentado contra la ley fundamental. Pero no solamente no cumplió con los requisitos formales sino que, como para que no quedaran dudas, meses después instaló el Consejo de Estado, un Parlamento elegido a dedo.
Puede presumirse que el ex presidente Bordaberry actuó impelido -y en cierta forma presionado- por los militares; pero no acudió a la solución de la renuncia. Más aun, al término de su mandato, en 1976, se propuso sustituir el sistema republicano por un sistema corporativo, es decir, fascista. Ni siquiera los militares más recalcitrantes acompañaron el despropósito.
No hay, en este caso, posibilidades de acudir al pretexto de la prescripción del delito, como tampoco hay posibilidades de que prospere una chicana de los abogados de Bordaberry, quienes sostienen que no se lo puede juzgar dos veces por el mismo delito. Los abogados quieren hacer pasar gato por liebre, elevando al rango de sentencia judicial una decisión administrativa de la Suprema Corte por una denuncia inicial radicada en 1985.
Bordaberry firmó el decreto y disolvió las Cámaras. Atentó contra la Constitución. La afirmación no necesita de indagación o de obtención de pruebas. Sólo basta pedirle a Bordaberry su cédula de identidad, cuando sea citado al juzgado, para identificar al delincuente.
Ese paso es el que inexplicablemente se posterga.