Uruguay: Justicia civil para militares

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JUSTICIA

Delitos cometidos por militares serán tratados por la Justicia civil y no militar

Los delitos penales cometidos por personal de las Fuerzas Armadas en función de su actividad dejarán de ser investigados por la Justicia militar para pasar a la Justicia civil u ordinaria, según un acuerdo al que arribaron en las últimas horas el ministro de Defensa Nacional, Jorge Menéndez, y legisladores.

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Menéndez compareció este miércoles 3 de mayo ante la Comisión de Constitución y Códigos de la Cámara de Representantes, para analizar el proyecto de Ley que establece modificaciones al Código Penal Militar y Código de organización de los Tribunales Penales y del Proceso Penal Militar.

En dicho marco, el secretario de Estado y los legisladores acordaron que los delitos penales cometidos por personal de las Fuerzas Armadas en función de sus actividades “dejarán de ser investigados por la Justicia militar para pasar a la Justicia ordinaria”.

“Significa un aggionarmento del Código Militar, suprimiendo algunos delitos, modificando o incorporando otros”, explicó el secretario de Estado en declaraciones a la prensa.

Añadió que de este modo “cambia el procedimiento con la intervención de la Suprema Corte de Justicia y de los tribunales de alzada”.

Menéndez recordó que el artículo 253 de la Constitución de la República determina dicho cambio, al igual que los artículos 26, 27, 28 y 31 de la Ley Marco de Defensa Nacional (Nº 18.650) aprobada por unanimidad.

El jerarca de Gobierno aclaró que a través del proyecto de Ley a estudio del Parlamento, se plantea la modificación sólo para los delitos penales. Pero existen otros delitos “que tienen que ver con la ética y la moral, que tratan los Tribunales de Honor”. También hay otro nivel que son con las faltas de carácter administrativo por no conservar atención a lo dispuesto en la Constitución, las leyes o los decretos y órdenes”.

Proceso de cambio

Menéndez remarcó, además, que el proyecto de Ley dispone procedimientos mediatos que significan “el cambio del Código Penal Militar, que tiene más de 73 años, con el pasaje a la Justicia ordinaria desde la Justicia militar la que hoy depende desde el punto de vista administrativo del Ministerio de Defensa”.

“Pero el proceso de cambio comenzó en 2010, en una comisión que integraron el Ministerio de Defensa, el Supremo Tribunal Militar y la Suprema Corte de Justicia para lograr el nuevo Código de Procedimiento Penal. En esa instancia, se llegó a un acuerdo que fue enviado como proyecto de Ley en el anterior período legislativo y que se archivó. Por lo cual, en 2015 lo presentamos nuevamente”, relató.

 

 

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